Economía
Empieza a regir el dólar agro: el Gobierno espera que ingresen u$s5.000 millones
El programa estará vigente hasta el 31 de mayo. Por primera vez, incluye a las economías regionales. La medida apunta a acumular dólares y ayudar al campo, tras la sequía.
El Gobierno publicó dos decretos este lunes en el Boletín Oficial para poner en vigencia al Programa de Incremento Exportador, también conocido como “dólar agro”, pero antes llamado “dólar soja” 1 y 2.
Ambos son el 193/2023 y 194/2023 y, entre las cosas que se mencionan, se encuentran las de que el tipo de cambio para los exportadores será de $300 por dólar, tal como se anunció la semana pasada.
Por otro lado, también se menciona la fijación de los plazos de liquidación de divisas y de pago de retención y otros tributos, la adhesión al programa de manera “voluntaria” siempre y cuando se cumplan algunos requisitos.
Dentro del decreto 194, que trata sobre el dólar soja y el dólar agro, menciona que una parte de lo que perciba el Estado por derechos de exportación servirá para financiar “programas que tengan como objeto atender a los efectos negativos de la sequía”.
También se atiende a que la Secretaría de Agricultura, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Banco Nación, la Secretaría de Comercio Interior y la Comisión Nacional de Valores establezcan normas complementarias.
El decreto 193 se refiere a las exenciones, suspensiones de juicio y medidas por la emergencia agropecuaria por la sequía.
Así, menciona que más de 173 millones de hectáreas del campo argentino “se encuentran en condiciones de sequía”, de modo que representa un aumento en 19 millones de hectáreas en comparación a previsiones anteriores.
Cómo afectó la sequía, por regiones
El decreto menciona que el Noroeste Argentino (NOA) se vio afectado por la sequía en los cultivos de soja, maíz y caña de azúcar y en la ganadería, en el Noreste Argentina (NEA), en el abastecimiento de agua para bebida animal e impacto en cultivos de verano y en frutales; en el Centro, en horticultura, frutales y animales de granja; en la Patagonia, en el aumento de incendios; y en Cuyo, en la ganadería y en diques bajos y restricciones en agua.
Ante esto, se otorga a la AFIP el poder de instrumentar un mecanismo con el fin de encuadrar a contribuyentes del sector con actividad “en una zona de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía” para que reciban los beneficios que se mencionan en el segundo artículo.
Esto implican la suspensión hasta el próximo ciclo productivo tras el período de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía, de la iniciación de juicios de ejecución fiscal y medidas cautelares.
Suspensión de ejecución fiscales
Otros de los aspectos que se mencionan tienen que ver con la suspensión de ejecuciones fiscales “por el cobro de impuestos adeudados iniciadas con posterioridad al 1° de febrero de 2023 inclusive”.
“Si en el marco de dichos procesos se hubieran trabado embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza depositados en cuentas bancarias, no bancarias o de pago, o se hubiera efectivizado la intervención judicial de caja”, señalan, la AFIP “deberá arbitrar los medios pertinentes para el levantamiento de la respectiva medida cautelar, sin transferencia de las sumas efectivamente incautadas, las que quedarán a disposición del contribuyente”.
Además, se suspende “hasta la finalización del ciclo productivo siguiente a aquel en que concluya el estado de emergencia y/o desastre agropecuario” el pago obligatorio de los anticipos a los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales con vencimientos que hubieran sido fijados entre el 1 de febrero de 2023 y la fecha de finalización del período de vigencia del estado de emergencia y/o desastre, según se señala en el artículo 2.
Deducciones impositivas
Respecto del artículo 3 del primer decreto, menciona que los beneficiarios del artículo 1 “podrán deducir en el balance impositivo del impuesto a las ganancias el 100% de los beneficios derivados de la venta forzosa de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina”.
El cuarto, delega a la AFIP a instrumentar para los beneficiarios planes de facilidades de pago de hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas con el objetivo de que sean aplicables “para la cancelación, total o parcial, de todos los tributos y de los recursos de la seguridad social, incluyendo sus intereses, multas y demás sanciones”.
“Las deudas originadas en aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales y las cuotas correspondientes a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)”, aclararon.
Dólar a 300 pesos
A su vez, el decreto 194 habla del dólar agro y sostiene que “el aumento en la oferta de divisas contribuye a aliviar el impacto negativo en las importaciones locales de la suba en los precios de combustibles y energía que afecta severamente la disponibilidad de reservas externas”.
En su primer artículo destaca la importante de incentivar la exportación, de adhesión voluntaria “para aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia de este decreto”.
Respecto de la soja, es aplicable hasta el 31 de mayo, aunque con la obligación para todos aquellos a liquiden divisas no más allá del 31 de mayo de 2023 inclusive, “incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación”.
Quienes se vean beneficiados con el dólar soja tendrán que pagar al menos el 20% de los derechos y tributos en abril y el 80% restante en los dos meses siguientes “en partes iguales, no pudiendo superar dicho plazo, en ningún caso, el 29 de junio de 2023, inclusive”.
La liquidez se podrá derivar a cuentas especiales en pesos con actualización automática según el tipo de cambio de referencia mayorista “en los plazos y condiciones que establezca la normativa complementaria de dicha institución”.
Para las economías regionales, amplía “de manera extraordinaria y transitoria del mencionado Programa de Incremento Exportador”, siempre y cuando hayan exportado dentro de los 18 meses previos al programa.
Es en el artículo 12 en el que se confirma el valor del dólar para los exportadores de soja y producciones regionales a $300. El límite de la liquidación de esas divisas es hasta el 31 de agosto.
Fuente: Cadena 3
Economía
🐄💥 Récord histórico para la lechería argentina: exportaciones en su punto más alto en 12 años
La cadena láctea argentina atraviesa uno de sus mejores momentos y los números lo confirman. Según datos oficiales de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, el sector alcanzó el mayor nivel de exportaciones de los últimos 12 años, consolidando un proceso de modernización, competitividad y expansión internacional.
Durante el último período, las exportaciones lácteas totalizaron 425.042 toneladas, generando ingresos por USD 1.690 millones, cifras que marcan un hito para la actividad y reflejan el fuerte impulso del sector en el comercio exterior.
📈 Crecimiento sostenido y mayor presencia global
De acuerdo con el informe de la Dirección Nacional de Lechería, basado en datos del INDEC, el sector registró un crecimiento interanual del 11% en volumen y del 20% en valor.
En litros equivalentes, se exportaron 3.129 millones de litros, lo que representa un 18% más que en 2024 y equivale al 27% de toda la producción nacional de leche.
En paralelo, la producción primaria también alcanzó niveles históricos: entre enero y diciembre de 2025 se produjeron 11.618 millones de litros, el máximo volumen de la última década y el segundo mejor registro de toda la historia lechera argentina.
🌍 Productos estrella y destinos clave
La canasta exportadora estuvo liderada por:
- Leche en polvo entera (35%)
- Suero (17%)
- Mozzarella (13%)
- Leche en polvo descremada (7%)
- Quesos de pasta semidura (6%)
Los productos lácteos argentinos llegaron a 89 destinos internacionales, con Brasil como principal comprador (41%), seguido por Argelia (19%), Chile y China (7% cada uno). También se destacaron Uruguay y Rusia, con participaciones del 3%.
🚜 Tecnología, inversión y eficiencia
Este salto exportador fue posible gracias a la incorporación de nuevas tecnologías, mejoras en los sistemas de manejo y la implementación de buenas prácticas productivas. Además, jugaron un rol clave las líneas de financiamiento específicas, el impulso a PyMEs exportadoras y una mayor transparencia en las estadísticas sectoriales, que fortalecieron la inversión y la eficiencia.
Por Móvil Quique con información de Reconquista Hoy
Economía
⚖️ Cuota alimentaria en 2026: el monto mínimo por hijo según el nuevo índice del INDEC
La cuota alimentaria vuelve al centro del debate familiar y judicial en Argentina. Con la última actualización del índice de crianza del INDEC, los juzgados ya cuentan con nuevos valores de referencia que impactan de lleno en los montos que deberán pagarse desde febrero de 2026.
📈 El dato no pasa desapercibido: criar un hijo cuesta hoy más de medio millón de pesos por mes, según la edad, y ese número funciona como piso orientativo para fijar la cuota alimentaria en muchos tribunales del país.
👶🧒 Cuánto cuesta criar un hijo en 2026, según el INDEC
El tramo etario más costoso sigue siendo el de 6 a 12 años, con un valor mensual que supera los $570.000. Estos montos surgen de la canasta de crianza, que combina gastos básicos y tiempo de cuidado infantil.
💰 Valores actualizados (noviembre 2025):
- Menores de 1 año: $450.355
- De 1 a 3 años: $535.823
- De 4 a 5 años: $454.165
- De 6 a 12 años: $571.106
👉 Estas cifras ya se utilizan como referencia judicial para fijar cuotas desde diciembre y tienen impacto pleno en enero y febrero de 2026.
📊 Qué incluye la canasta de crianza
La canasta se compone de dos elementos clave:
🔹 Bienes y servicios esenciales
Alimentación, vestimenta, transporte, vivienda y otros gastos básicos, calculados a partir de la Canasta Básica Total.
🔹 Tiempo de cuidado
Horas mensuales de cuidado infantil valorizadas según el salario del personal de casas particulares.
📌 La suma de ambos componentes determina el costo real de crianza por hijo.
⚖️ Cómo se calcula la cuota alimentaria en Argentina
En la práctica judicial, la cuota suele fijarse entre el 20% y el 30% del ingreso neto del progenitor, por hijo, aunque no existe un tope máximo legal.
Los jueces analizan:
- Necesidades del menor
- Ingresos del obligado
- Capacidad económica del progenitor conviviente
- Nivel de vida previo
- Cantidad de hijos
- Régimen de cuidado y visitas
📈 Al fijarse como porcentaje, la cuota se actualiza automáticamente con aumentos salariales o cambios en los ingresos.
⏳ Hasta qué edad se paga la cuota alimentaria
- ✔️ Hasta los 21 años, en todos los casos
- ✔️ Hasta los 25 años, si el hijo estudia y no tiene ingresos
- ✔️ Sin límite de edad, si existe una discapacidad que impida la autosuficiencia
🚫 Qué pasa si no se paga la cuota
El incumplimiento puede derivar en fuertes sanciones, entre ellas:
- Embargos de sueldo y cuentas
- Retención automática de haberes
- Prohibición de salir del país
- Suspensión del carnet de conducir
- Registro de Deudores Alimentarios
- Bloqueo de servicios digitales
- Arresto domiciliario en casos graves
👴 ¿Los abuelos pueden pagar la cuota?
Sí. El Código Civil y Comercial permite reclamar alimentos a los abuelos cuando el progenitor incumple o no puede pagar.
👉 Es una obligación subsidiaria y limitada, evaluando siempre la situación económica del abuelo.
Por Móvil Quique con información de iProfesional
Economía
💰 Cuánto gana un cajero de supermercado en febrero de 2026: el sueldo puede superar $1,3 millones
Con el inicio de febrero de 2026, los empleados de comercio perciben sus salarios de acuerdo al acuerdo paritario vigente, firmado en diciembre entre FAECyS y las cámaras empresarias del sector.
En el caso de los cajeros de supermercados, el ingreso mensual se ve fortalecido por la continuidad de sumas no remunerativas, montos fijos y bonos extraordinarios, medidas pensadas para sostener el poder adquisitivo frente a la inflación.
👉 El esquema salarial contempla un incremento del 1%, junto con sumas fijas no remunerativas, que no realizan aportes ni contribuciones y se mantendrán vigentes hasta marzo. A partir de abril, esos montos pasarán a integrar el salario básico.
🧾 Categorías y adicionales
Según el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, los cajeros se dividen en tres categorías. A los salarios básicos se suman dos adicionales clave:
- Antigüedad: 1% por cada año trabajado
- Presentismo: 8,33% del salario, uno de los ítems que más impacto tiene en el ingreso final
Estos conceptos hacen que el sueldo mensual se incremente de manera significativa.
🏪 Bonos en grandes cadenas
En supermercados como Coto, Carrefour, Cencosud, Chango Más y Día%, los cajeros perciben además un bono extraordinario de $170.000, lo que eleva notablemente el salario total.
👉 Con la suma de básicos, montos fijos, adicionales y bonos, el salario bruto puede alcanzar los $1.388.519, dependiendo de la categoría y la antigüedad, mientras el sector espera una nueva negociación paritaria en marzo.
📊 Escala salarial de cajeros – Febrero 2026
(Montos brutos mínimos)
- Cajero A: $1.171.091
- Cajero B: $1.176.448
- Cajero C: $1.183.333
Por Móvil Quique con información de Sin Mordaza
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