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Comenzó a correr el plazo de presentación para los acreedores del Grupo Spaggiari

Así lo confirmó el Dr. Rafael Juárez, integrante del Estudio Jurídico Mitre y Asociados en un programa radial. El profesional convocó a aquellos que se sientan damnificados a inscribirse para tener posibilidades de cobrar cuando sean rematados los bienes del Grupo.

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Foto: Archivo

En la mañana de este lunes, en el programa Red Urbana que se emite por Radio REC Rafaela, 92.1, se obtuvo el dialogo con el Dr. Rafael Juárez, integrante del Estudio Jurídico Mitre y Asociados, quien brindó detalles sobre que comenzó a correr el plazo de presentación para los acreedores del Grupo Spaggiari.

Sobre el particular el profesional del Derecho decía: «La gente lo que debe saber primero es qué, por un lado se está tramitando una causa penal con relación a las estafas, y por otro lado se está tramitando la quiebra del Grupo Spaggiari aclarando que la misma ya se encuentra firme, ya el Juez Civil determinó que el Grupo Spaggiari ya se encuentra en quiebra. Si bien en algún momento el Grupo solicitó la conversión de la quiebra en concurso preventivo, eso no se produjo y ya está firme la quiebra.

A partir de allí, el Juez lo que hace es llamar a los acreedores para que presenten títulos y demuestren que son acreedores, de que existe la deuda y determina un plazo dentro del cual se deben presentar a lo que se llama la verificación de los créditos. Esa verificación es un procedimiento extrajudicial que se hace ante el Síndico que es un Contador Público que designa el Juez y que se sortea de manera oficial, para que las personas, a través de sus representantes legales, presenten la documentación correspondiente y se le reconozca que tienen una deuda, un crédito específicamente con el Grupo Spaggiari y ese plazo vencerá el 12 de marzo venidero, que es lo más importante que debe saber la gente. Que está corriendo ese plazo que es perentorio ya que una vez que el mismo vence, ya las personas no van a poder verificar su crédito de manera tempestiva, sino que tendrán que hacer otro procedimiento».

Al consultarlo sobre si dicho plazo corre exclusivamente para aquellos que hayan iniciado alguna presentación o acción contra los integrantes del Grupo, el letrado indicaba: «Esto es para todas las personas, tanto los damnificados como los proveedores, trabajadores, etc, todos aquellos que tengan un crédito con el Grupo Spaggiari específicamente.

Todos se deben presentar a verificar; por ahí con los trabajadores hay un procedimiento especial, distinto, pero con las personas damnificadas, aquellos que suscribieron los convenidos de mutuo o algunos que suscribieron los reconocimientos de deuda, todos deben presentarse a verificar, independientemente de que hayan presentado la denuncia penal. La gente debe tener muy claro que estos son dos procedimientos distintos y que ésta es la causa específica para el cobro, para la liquidación de los bienes del Grupo y aquí es donde se deben presentar para poder adquirir su derecho a cobrar en un futuro, cuando se liquiden los bienes».

«La gente debe acompañar la documentación a través de sus representantes legales ante el Síndico y si bien no es absolutamente necesario que tengan un representante, hay una cuestión que la ley exige que es la presentación de una demanda, un escrito donde te solicitan que tiene que justificar la deuda, la causa de esa deuda, expliques un poco lo que fue pasando sobre los hechos y estas cuestiones técnicas es importante que la elabore un abogado porque por este crédito después puede presentarse alguna impugnación o alguna cuestión de defensa que pueda realizar la contraparte y ahí es importante que tenga una buena explicación, una buena elaboración ese escrito y por allí, si la persona no tiene un conocimiento del área legal -más allá de que están facultados a presentarse de manera individual- por ahí podrían correr esos riesgos de no ejercer correctamente su defensa y después perder ese tiempo de verificación y que se rechace su crédito.

Entonces es importante que estén acompañados y por eso siempre la recomendación es que lo hagan a través de un representante legal. Aclaramos que los créditos pueden ser privilegiados o quirografarios.

Los créditos privilegiados son aquellos que tiene alguna garantía, ya sea una hipoteca o una prenda que garantice su crédito.

La mayoría de los contratos de mutuo que realizaron las personas son créditos quirografarios. Entonces, todos van a ser iguales; después, oportunamente cuando se liquiden y rematen los bienes y se divida, todos cobrarán mediante un prorrateo.

Esto quiere decir que todos cobrarán un porcentaje de su deuda en la medida que los bienes puedan llegar a cubrir esa deuda. Y aquellos que no se presenten en tiempo a verificar en tiempo, luego tendrán un plazo de dos años para hacer lo que se llama la verificación tardía pero la misma tiene algunas dificultades ya que la persona se tendrá que hacer cargo de los gastos del proceso con lo que el crédito se verá disminuido por tener que soportar la carga de pagar los gastos.

A su vez, si hay un acuerdo de cobro, se guarda un porcentaje de ese acuerdo para las verificaciones tardías que pueden terminar mucho tiempo después de este acuerdo y entonces, la expectativa de cobro va a ser menor. O sea, primero se les pagará a todos aquellos que se presentaron tempestivamente; después, en función de ese porcentaje menor, cobrará el resto que se presentó de manera tardía. Por eso es importante que la gente aproveche este tiempo hasta el 12 de marzo y se presente a verificar su crédito».

Finalmente el Dr. Juárez señalaba que aquellas personas que no se presentaron o que quieran hacerlo y además inscribirse, nos pueden consultar en el Estudio Jurídico Mitre y Asociados ubicado en Av. Mitre 843, teléfono 03492 15275734 o al 504815 que son los medios de contacto del estudio y coordinamos un turno. Es importante que la gente sepa que si bien el plazo de vencimiento es el 12 de marzo, la documentación se debe presentar de manera personal; hay un proceso que realizar como buscar toda la documentación, hacer original y copia; entonces que no se tome tanto tiempo, sobre todo para consultar por lo menos, ya que después será muy difícil si estamos sobre los últimos días».

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Homicidio en Ataliva: la Cámara confirmó la prisión preventiva de Axel Churquina por la muerte de Mario Ricarte

La Justicia confirmó la continuidad de la prisión preventiva del principal imputado por el homicidio ocurrido en Ataliva en mayo de 2024. La medida se extenderá por ocho meses, en lugar del año que había dispuesto anteriormente el juez de primera instancia.

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Foto: El lugar donde fue hallado sin vida Mario Ricarte en Ataliva.

Este lunes, en los Tribunales de Rafaela, se realizó una audiencia de apelación para revisar la resolución que había prorrogado la prisión preventiva de Axel Churquina, imputado por el homicidio de Mario Ricarte, ocurrido en la localidad de Ataliva en mayo de 2024.

La defensa había recurrido la decisión adoptada en junio por el juez Gustavo Bumaguin, quien había dispuesto extender la prisión preventiva por un año.

Tras escuchar a las partes, el juez de la Cámara de Apelaciones, Cristian Fiz, confirmó que Churquina deberá continuar privado de su libertad, aunque modificó el plazo establecido inicialmente.

La nueva resolución fijó la continuidad de la medida cautelar por ocho meses, en lugar de los 12 meses que había determinado el magistrado de primera instancia.

Churquina permanece detenido desde julio de 2024

El imputado permanece bajo prisión preventiva desde principios de julio de 2024, cuando el juez de I.P.P. Gustavo Bumaguin hizo lugar al pedido formulado por el fiscal Martín Castellano.

El representante del Ministerio Público de la Acusación le atribuyó el delito de homicidio doloso simple.

Según la hipótesis de la Fiscalía, Churquina habría causado la muerte de Ricarte entre la tarde del 27 de mayo de 2024 y la madrugada del día siguiente.

La investigación sostiene que la víctima habría sufrido una lesión en el cuello mientras se encontraba recostada en su cama, lo que le habría provocado una hemorragia fatal.

Cómo fue descubierto el cuerpo

Ricarte fue encontrado sin vida el 29 de mayo, cuando una de sus hermanas se dirigió a su vivienda preocupada porque no había tenido noticias de él.

Al ingresar a la habitación, la mujer encontró a Ricarte acostado y sin responder. Su cuerpo se encontraba frío y rígido.

Una médica del SAMCO de Ataliva llegó posteriormente al domicilio y detectó una lesión en la zona del cuello, por lo que se dio aviso a la Policía y posteriormente a la Fiscalía.

A partir de ese momento se inició una investigación para determinar las circunstancias de la muerte.

Las pruebas reunidas durante la investigación

Los investigadores analizaron distintos elementos encontrados dentro de la vivienda.

En la cocina había una pava en el piso, platos sucios, un catre con sábanas utilizadas, una caja de vino y cuatro colillas de cigarrillos. Según la investigación, Ricarte no fumaba, por lo que esos elementos fueron considerados de interés para determinar quiénes habían estado en la vivienda.

En la habitación también se encontró un cuchillo, aunque las pericias determinaron que no sería el utilizado para provocar la lesión mortal.

Otro elemento considerado relevante fueron las cámaras de seguridad ubicadas cerca del domicilio.

De acuerdo con la investigación fiscal, las imágenes registraron a Churquina llegando a la vivienda el 27 de mayo, manteniendo una breve conversación con Ricarte y posteriormente ingresando al domicilio.

Las filmaciones también habrían registrado entradas y salidas posteriores de ambos. Según la Fiscalía, en las más de 100 horas de grabaciones analizadas, no se observó el ingreso de otra persona a la vivienda.

Los bolsos y el cuchillo secuestrado

Siempre de acuerdo con la hipótesis de la Fiscalía, durante la noche del 27 de mayo Churquina habría salido de la vivienda llevando dos bolsos.

Posteriormente se habría dirigido hacia el campo de un familiar, pero no pudo permanecer allí y regresó nuevamente a la casa de Ricarte.

Los bolsos, según la investigación, habían sido descartados previamente en una chanchería ubicada en las afueras de Ataliva.

En su interior se encontraron bebidas alcohólicas, una caja de cigarrillos de la misma marca que las colillas halladas en la vivienda de Ricarte y un cuchillo que, según las pericias, presentaba rastros compatibles con sangre.

Estos elementos forman parte de la evidencia incorporada al expediente.

La hipótesis de la Fiscalía y la postura de la defensa

Para el fiscal Martín Castellano, los elementos reunidos permiten sostener la acusación contra Churquina.

La investigación busca establecer qué ocurrió durante las horas en las que ambos estuvieron en la vivienda y cuál fue el motivo de la muerte de Ricarte.

La defensa del imputado, por su parte, sostiene una hipótesis diferente respecto de lo ocurrido y cuestiona la acusación fiscal.

La causa continúa en etapa de investigación y Churquina permanecerá bajo prisión preventiva durante ocho meses, conforme a la resolución adoptada este lunes por la Cámara de Apelaciones.

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La Justicia ordenó reparar de urgencia las rutas nacionales 7, 8 y 33 en Santa Fe

Un juez federal de Venado Tuerto hizo lugar a un amparo y ordenó al Estado Nacional realizar la reparación integral y urgente de las rutas nacionales 7, 8 y 33 en los tramos que atraviesan el departamento General López, debido al grave deterioro de las calzadas y a la falta de mantenimiento suficiente.

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Foto: Estado de una de las rutas nacionales afectadas por el deterioro

La Justicia cuestionó el estado de las rutas

La resolución fue dictada por el juez federal Aurelio Antonio Cuello Murúa, en el marco de una acción de amparo presentada por la senadora provincial Leticia Di Gregorio contra la Dirección Nacional de Vialidad (DNV).

El planteo buscaba que se adoptaran medidas para garantizar la seguridad y la libre circulación de quienes utilizan estos corredores nacionales.

Según el fallo, la documentación incorporada al expediente permitió acreditar el deterioro de las rutas y la falta de tareas suficientes de conservación.

En particular, sobre la Ruta Nacional 33, se mencionan grietas, hundimientos, baches y ahuellamientos, condiciones que el magistrado consideró un riesgo para la seguridad e integridad de quienes circulan por la zona.

El juez sostuvo además que los organismos responsables de los corredores viales incumplieron sus obligaciones mínimas de mantenimiento y conservación.

La Ruta 33, uno de los principales puntos de preocupación

Uno de los elementos considerados por la Justicia fue que la propia Dirección Nacional de Vialidad había reconocido el estado crítico de la Ruta 33.

De acuerdo con el expediente, autoridades del Distrito Santa Fe de Vialidad habían señalado que el estado de la ruta requería una intervención urgente.

A partir de ese diagnóstico se realizó una licitación que terminó siendo adjudicada a la empresa Rovial S.A.. Sin embargo, las obras no pudieron completarse.

La empresa realizó trabajos de bacheo en parte del corredor, pero posteriormente las tareas quedaron paralizadas debido a la falta de autorización de las partidas presupuestarias necesarias para continuar.

También se realizaron trabajos mínimos de bacheo en frío entre Venado Tuerto y Murphy, aunque el juez consideró que esas intervenciones no alcanzaban para solucionar el deterioro existente.

El expediente incorporó incluso fotografías aportadas por la propia DNV que permitieron observar las condiciones de la calzada.

Qué ocurre con las rutas 7 y 8

Respecto de la Ruta Nacional 7, el fallo señala que se realizaron algunas tareas de bacheo, pero que no quedó acreditado que existieran trabajos de mantenimiento sostenidos sobre la totalidad del tramo correspondiente al departamento General López.

En cuanto a la Ruta Nacional 8, la situación también fue cuestionada.

Según el expediente, la Dirección Nacional de Vialidad había labrado 55 actas de constatación por incumplimientos contractuales de Corredores Viales y había realizado distintas comunicaciones para intentar corregir las deficiencias detectadas.

La empresa solo acreditó trabajos sobre los kilómetros 359 al 362, lo que, de acuerdo con la sentencia, resultaba insuficiente frente a las necesidades de mantenimiento y seguridad vial del corredor.

El juez también rechazó el argumento de Corredores Viales de que sus obligaciones no incluían tareas de repavimentación.

La resolución sostiene que la empresa tenía responsabilidades relacionadas con la mejora, reparación y mantenimiento de las rutas 7 y 8.

El Estado deberá garantizar las obras

Uno de los puntos centrales del fallo es que el Estado Nacional no puede desentenderse de la reparación argumentando que las rutas se encuentran concesionadas o que existen cambios en las empresas responsables.

La Justicia consideró que la situación administrativa o contractual de los corredores no puede impedir que se garantice la seguridad de quienes utilizan las rutas.

Por ese motivo, la reparación deberá ser garantizada por el Estado Nacional, ya sea a través de Vialidad, del organismo que eventualmente tenga esas competencias o de las empresas concesionarias correspondientes.

La eventual participación de las concesionarias no modifica la responsabilidad estatal de garantizar el cumplimiento de la orden judicial.

La Justicia habló de una situación de peligro

Para el magistrado, el deterioro de las rutas no constituye solamente un problema de infraestructura, sino que también compromete derechos vinculados con la vida, la salud, la seguridad vial y la libre circulación.

El fallo considera que el estado de las calzadas representa una situación de peligro para los usuarios y que las pruebas incorporadas al expediente evidencian un grave deterioro de la cinta asfáltica.

Finalmente, el juez rechazó los planteos realizados por Corredores Viales S.A. y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, hizo lugar al amparo y ordenó la “inmediata y urgente reparación integral” de las rutas nacionales 33, 7 y 8 para garantizar su transitabilidad plena en el departamento General López.

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Facundo Moyano fue liberado, pero seguirá imputado en la causa por presunta violencia de género

El exdiputado nacional recuperó la libertad luego de declarar ante la fiscalía. La Justicia le impuso restricciones mientras continúa la investigación por una denuncia presentada por su pareja.

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Facundo Moyano recuperó la libertad este martes por la noche tras ser indagado en una causa en la que está imputado por presuntas lesiones leves y privación ilegítima de la libertad en un contexto de violencia de género.

Al retirarse de la sede judicial, el exlegislador realizó una breve declaración ante la prensa y aseguró: «Está todo aclarado».

La investigación continúa

La causa se originó luego de un episodio ocurrido durante la madrugada en el barrio porteño de Belgrano, donde la pareja de Moyano, Candela Arizaga, de 23 años, fue encontrada corriendo semidesnuda en la vía pública y posteriormente trasladada al Hospital Pirovano.

Durante la jornada, la Justicia ordenó un allanamiento en el domicilio de Moyano, donde la Policía secuestró dos teléfonos celulares. Según trascendió, no se encontraron estupefacientes en el lugar.

Tras prestar declaración, el exdiputado fue liberado, aunque continuará imputado en la causa.

Restricciones impuestas por la Justicia

Como condición para recuperar la libertad, la Justicia le impuso a Moyano una prohibición de acercamiento de 300 metros y la prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con la denunciante, según confirmó su defensa.

La fiscalía continuará con la recolección de pruebas, entre ellas el análisis de cámaras de seguridad y la toma de testimonios.

La versión de Candela Arizaga

De acuerdo con la información difundida, Arizaga manifestó que Moyano «no le hizo nada» y sostuvo que el episodio ocurrió en un contexto de consumo de estupefacientes.

No obstante, la investigación judicial sigue su curso y será la Justicia la que determine las circunstancias del hecho y la eventual responsabilidad penal del imputado.

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