Judicial
Dictaron la prisión preventiva al agente de la GUS por abuso sexual: quedó muy comprometida su situación
En audiencias realizadas en Rafaela quedó al descubierto una increíble trama de abusos a una niña de 13 años e intentos de entorpecimiento de la investigación.

La jueza de Investigación Penal Preparatoria Cristina Fortunato dispuso dictar la prisión preventiva sin plazos de C.E.M. L. inspector de la Guardia Urbana de Sunchales, quien está acusado de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la condición de guarda y convivencia, del que fue víctima una niña que, al momento de registrarse el hecho investigado tenía 12 años de edad, y que actualmente tiene 13 años.
La fiscal del caso es la Dra. Favia Burella, quien detalló una increíble saga de acontecimientos que revelaron no sólo el hecho del abuso sexual en perjuicio de una niña, sino los intentos del imputado para evitar la acción de la Justicia, con algunos artilugios realmente insólitos que llegó a idear, entre ellos hacer comparecer a un tercero en una toma de muestras de sangre para extracción de ADN, haciéndose pasar por él mismo.
El imputado tiene 44 años y desde hace 8 años está en pareja con B. C., quien es la madre de la menor víctima del hecho. La niña vive regularmente con su padre y su abuela paterna, pero los fines de semana visitaba a su madre y allí se sumaba a una familia ensamblada, en donde convivían el imputado CL, la nombrada madre de la víctima, BC, y dos hijos de 14 y 15 años de CL, fruto de una relación matrimonial anterior del hombre. Se aclara que las identidades ventiladas en el el caso se mantienen en reserva en razón de proteger a la víctima, así como también no se difundirán otros detalles del caso que podrían contribuir a revictimizar a la niña.
Cómo se reveló el caso
La situación de la víctima quedó al descubierto cuando presentó síntomas médicos que hicieron que su familia la llevara a una consulta ginecológica. Confirmado por los estudios médicos el estado de la paciente, el 30 de mayo la profesional del Hospital Amílcar Gorosito notificó la situación por los canales adecuados y consecuentemente se puso en marcha el mecanismo de acción judicial.
La investigación puso al descubierto que el abuso sexual se habría cometido en febrero aproximadamente, cuando la víctima viajó a Paraná con su familia ensamblada. Pero las relaciones habrían sido más extensas en el tiempo. Según las evidencias presentadas, el acusado -ante el problema manifiesto que tenia entre manos a raíz de las consecuencias que las relaciones mantenidas con la niña tenían desde el punto de vista de su vida- intentó justificar el haber mantenido relaciones sexuales con la niña diciendo que ésta lo había «violado» a él, introduciéndose en su cama y aprovechando que se encontraba «cansado» por su trabajo en la GUS. Un argumento insólito, que incluso quedó grabado en conversaciones telefónicas que fueron aportadas por la representante del MPA.
Toda la trama del caso es típica de un caso de manipulación de una niña que se encontraba en el momento de su despertar sexual. A tal punto que cuando las consecuencias de las relaciones sexuales mantenidas se hicieron evidentes, la niña intentó proteger la identidad del abusador.
No es todo. Lo más grave es que la Fiscalía expuso evidencias de que el imputado intentó evitar dar muestras de ADN pretendiendo convencer a otro agente de la GUS a que se presente en lugar de él en la Fiscalía de Rafaela, aprovechando un supuesto parecido físico.
El propio imputado reconoció que intentó esa maniobra, presuntamente mal asesorado por un profesional a cuyo asesoramiento apeló en un primer momento, pero que no es el mismo que lo representó en la audiencia de este jueves. «Tenía miedo y me equivoqué», dijo al hacer uso de la palabra. Negó haber cometido el delito que se le imputa -que tiene una expectativa de pena mínima de 8 años de prisión-, reiteró que no tiene ningún antecedente penal, que nunca estuvo en una situación parecida y que tiene un legajo intachable como agente de la GUS. Y alegó que finalmente prestó su consentimiento para dar la muestra de ADN, aunque no fue muy convincente al expresarse sobre el resultado que podría dar el estudio.
Un tutorial para el engaño
Lo más sorprendente de toda la trama que quedó al descubierto en la investigación fue precisamente ese intento del imputado de hacerse reemplazar por un tercero en el trámite judicial de muestra de ADN. Para ello primero se negó a que le tomara la muestra en la Comisaría de Sunchales y habría intentado que le tomen el examen el lunes -que fue feriado- en la sede del MPA de Rafaela. Para ello, ofreció a un tercero -que también es agente de la GUS, pero que no aceptó prestarse a la maniobra- llevarlo hasta Rafaela, pagarle 100 mil pesos por el «favor» y le envió un tutorial sobre lo que debía «aprender» : su DNI, fecha de nacimiento, domicilio, estado civil y cómo copiar su firma. Cuando fue evidente que su amigo no se prestaría a la maniobra, desistió de la misma. «Sos el único parecido a mi y que me puede salvar», le había dicho, contando con que en Rafaela no lo conocía nadie y podría vender «gato por liebre».
«Esta trama me sorprende en mi función de magistrada, porque nunca me pasó que el imputado, ante el miedo de quedar relacionado con el hecho, le diga a un compañero que se haga pasar por él para desviar y obstaculizar la informacion y las evidencias que se están investigando, de modo que el ADN sea el de otra persona», argumentó la jueza Fortunato al evaluar la situación procesal del imputado.
Pero fue más lejos la jueza: «nada más aberrante para mis oídos que escuchar decir que la niña tiene la culpa de todo. Tengo la obligación de respetar la perspectiva de la víctima: los indicios que me acerca la Fiscalía son más que suficientes». Fortunato también cuestionó los «prejuicios» de uno de los médicos actuantes y recalcó: «¡La niña no es autora, es víctima! Toda la valoración que hago es desde la perspectiva de género y de víctima», subrayó.
En el transcurso de la audiencia también habló la abuela de la víctima, que fue designada como responsable de la guarda de la niña. Por otra parte, también está pendiente de la investigación la situación procesal de la madre biológica de la menor, dado que no está descartado que pueda ser imputada por algún tipo de delito, ya que fue de las primeras en tomar conocimiento de las consecuencias físicas que había tenido el abuso sobre su hija, que obligó a que aplicara el protocolo iVE en un establecimiento asistencial de Rosario.
Fuente: Rafaela Noticias
Judicial
La Justicia ordenó a Facebook eliminar publicaciones que promocionan apuestas clandestinas
La medida cautelar dictada por el Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe reconoce el derecho de Lotería de Santa Fe sobre la marca y obliga a la empresa a eliminar contenidos, monitorear activamente la plataforma y detectar a quienes realizaron esos anuncios.

En el marco de las acciones iniciadas por la Provincia de Santa Fe contra Meta Platforms Inc. (empresa matriz de Facebook e Instagram), el Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Caja de Asistencia Social – Lotería de Santa Fe, ordenando la eliminación inmediata de todas las publicaciones que utilicen de forma indebida la marca “Quini 6” para redirigir a sitios de juego de azar clandestinos o no autorizados. Esta decisión representa un avance relevante en la lucha contra el juego ilegal y en la defensa institucional de la marca.
La resolución judicial, firmada por el juez Aldo Alurralde, también obliga a la empresa a implementar un monitoreo constante para prevenir nuevas publicaciones de este tipo y a bloquear los medios de pago utilizados por los anunciantes que incurrieron en esa conducta.
Desde Lotería de Santa Fe señalaron que la acción se impulsó a partir de reiteradas denuncias de usuarios que detectaron en redes sociales el uso de la marca “Quini 6” en avisos que dirigían a plataformas ilegales de apuestas, afectando no solo la identidad del producto, sino también la confianza de los apostadores.
Prevención de daños
La resolución se enmarca en una acción preventiva de daños, y se dio lugar a la cautelar tras acreditarse el peligro en la demora y la verosimilitud del derecho invocado por la provincia, que demostró ser titular de la marca registrada “Quini 6” ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI). En sus fundamentos, el fallo destaca el riesgo reputacional derivado de la asociación de la marca con actividades ilícitas y respalda la intervención del Estado provincial para proteger el juego oficial y a sus usuarios.
La medida fue dictada en el marco del expediente “Provincia de Santa Fe c/ Facebook Inc. y otros s/ Marcas – Varios”, y se suma a la denuncia penal presentada por Lotería de Santa Fe ante el Ministerio Público de la Acusación (MPA) contra las páginas que realizan estos anuncios, por presunta violación del artículo 301 bis del Código Penal, referido a la promoción del juego clandestino.
Fuente: Sin Mordaza
Judicial
Discutieron, agarró una cuchilla y lo apuñaló: imputaron a una joven por atacar a su novio en Plaza Clucellas
La herida la produjo en la zona de la ingle, y según la calificación de la fiscal, la pena en un futuro juicio podría ir de 3 a 10 años de prisión, en caso de haber condena.

Este jueves por la mañana, en los Tribunales de Rafaela, se llevó a cabo una audiencia imputativa en la que el juez Dr. José Luis Estévez dio por formalizada la acusación presentada por la fiscal Dra. Fabiana Bertero contra una joven de 19 años identificada como Nerea Ayelén F. , a quien se le atribuye haber apuñalado a su pareja de 25 años, en un hecho ocurrido en la localidad de Plaza Clucellas.
Según expuso la fiscal, el suceso ocurrió el 2 de julio, alrededor de las 10 de la mañana, en el interior de un domicilio donde la imputada convivía con la víctima. En el contexto de una discusión por fotografías encontradas en el celular de la joven, la misma habría tomado una cuchilla tipo carnicero, golpeado a su pareja en la cabeza y luego le asestó una puñalada en la ingle izquierda, provocando una lesión inguinal con seccionamiento de la vena ilíaca izquierda, -lo que según la fiscal- puso en riesgo la vida del joven, quien actualmente permanece internado.
La fiscalía calificó el hecho como lesiones graves dolosas agravadas por haber sido cometidas contra una persona con la que la imputada mantuvo una relación de pareja, conforme al artículo 90 en función del artículo 92 y con el agravante del artículo 80 del Código Penal Argentino.
Por la figura penal que se le atribuye, la mujer podría enfrentar una pena de 3 a 10 años de prisión, en caso de que se mantenga esa acusación en un juicio futuro y se obtenga una condena.
Nerea Ayelén F. se negó a declarar bajo la defensa del abogado penalista Dr. Carlos Farías Demaldé.
La audiencia de medida cautelar fue fijada para este viernes por la mañana, ocasión en la que la fiscal Bertero solicitará la prisión preventiva de la imputada.
Fuente: Rafaela Noticias
Judicial
Respiro para Argentina: frenan el fallo que ordena entregar el 51% de las acciones de YPF
Una corte de apelaciones de Nueva York otorgó una suspensión temporal administrativa. Las partes tienen hasta el 22 de julio para presentar sus argumentos.

La Justicia de los Estados Unidos le otorgó este martes un respiro temporal a la Argentina en la causa por la expropiación de YPF, al suspender la ejecución del fallo que ordena al país entregar el 51% de las acciones de la petrolera a los fondos demandantes.
Según supo Noticias Argentinas a partir del documento judicial emitido hoy, una Corte de Apelaciones de Nueva York concedió una «suspensión administrativa temporal» (temporary administrative stay) de la «Orden de Entrega» (Turnover Order) que había sido dictada el pasado 30 de junio.
La medida fue otorgada para permitir una «ordenada presentación y consideración» de los argumentos de ambas partes. La corte estableció un cronograma preciso: los demandantes (encabezados por el fondo Burford Capital) tienen hasta este jueves 17 de julio para presentar su oposición a una suspensión más larga, mientras que el Estado argentino tendrá tiempo hasta el martes 22 de julio para responder.
Una vez completado este proceso, un panel de tres jueces analizará los escritos y decidirá si concede la suspensión del fallo durante todo el tiempo que dure el proceso de apelación de fondo. La decisión de hoy frena, al menos por una semana, la obligación de Argentina de desprenderse de sus activos en la petrolera.
Sebastián Soler, ex subprocurador del Tesoro durante la presidencia de Alberto Fernández y que llevó la causa cuatro años precisó en su cuenta de “X” los próximos pasos.
“El 17 de julio, Burford presentará un escrito oponiéndose al pedido argentino de que la suspensión preventiva se prolongue hasta que la Cámara resuelva la apelación contra la sentencia de fondo”
“El 22 de julio Argentina responderá argumentando en detalle en favor de que la suspensión se prolongue”.
Sin plazo, pero muy pronto, se dará la elección de los tres jueces de Cámara que integrarán la sala que resolverá esta cuestión.
“Una vez completado el cruce de escritos y definidos los jueces, la Cámara puede resolver el pedido de la Argentina en cualquier momento, pero no tiene plazo para hacerlo”.
“Si la Cámara accede al pedido de la defensa argentina, la orden de Preska de entregar las acciones de YPF quedará suspendida hasta que la Cámara resuelva la apelación de Argentina contra su sentencia de fondo (que ordenó pagar USD 16.100 millones)”.
“Dado que la Cámara todavía no ha fijado la fecha de la audiencia, es improbable que decida esa apelación de fondo antes de 2026″.
“Si la Cámara rechaza el pedido de la Argentina, la orden de Preska volvería a estar vigente”.
Fuente: NA