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Rafaela: 15 años de prisión a aberrante sujeto que abusó de cuatro sobrinas en Barrio Barranquitas

Cuando Víctor Contreras (39), quedaba al cuidado de sus sobrinas de entre 7 y 9 años en la casa familiar de Barrio Barranquitas, aprovechaba para hacerlas partícipes de actos sexuales depravados que afectaron el desarrollo de las niñas.

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Foto: La fiscal Gabriela Lema investigó el caso y pidió el juicio abreviado donde se logró la condena. En la Querella actuó el Dr. Carlos Farías Demaldé.

El martes por la mañana en la sala 2 de los tribunales penales de Rafaela, se llevó a cabo una audiencia de juicio de procedimiento abreviado, en el legajo caratulado penalmente como “Contreras, Víctor Hugo s/ abuso sexual con acceso carnal” del que fueron víctimas de los aberrantes hechos tres niñas y una cuarta sin acceso carnal; todas sobrinas suyas, menores de edad de su entorno familiar en el marco de la convivencia existente en un domicilio de calle Carlos Gardel, en barrio Barranquitas de Rafaela.

El procesado Víctor Hugo Contreras, de 39 años de edad, de ocupación changarín, en el juicio de procedimiento abreviado que fue consensuado entre las partes y homologado por el tribunal colegiado integrado por los jueces Dr. Nicolás Stegmayer (presidente), Javier Bottero y José Luis Estévez (este último a través de Zoom), fue condenado a la pena de 15 años de prisión de cumplimiento efectivo, más accesorias legales y costas del proceso.

Las partes en este proceso estuvieron representadas por la fiscal Gabriela Lema, de la sección Violencia de Género, Familiar y Sexual (Gefas) de la Unidad Fiscal Rafaela del Ministerio Público de la Acusación (MPA), la abogada del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (SPPDP) Dra. Amalia Cassina, y por la Querella, el abogado particular Carlos Farías Demaldé.

Cabe agregar que los cuatro hechos adjudicados al condenado se dieron cuando las cuatro víctimas, menores de edad, tenían entre 7 y 9 años aproximadamente. Actualmente tres de ellas ya son mayores de edad por lo que instaron la acción penal contra el depravado familiar.

Resumen de los hechos imputados

Un repaso de los hechos por los que se acusó al encartado es el que se brinda a continuación.

  • Primer Hecho: en una fecha ubicable cuando AG tenía entre 7 y 8 años de edad, cuando el hermano de su padrastro -el ahora condenado- concurría a la vivienda a cuidarla a ella y sus hermanos en horas de la noche quedando como adulto responsable de los menores y encontrándose al cuidado y guarda de los mismos, este aprovechaba la situación para distintas situaciones de abuso consistentes en manoseos y acceso carnal.

Todas estas situaciones ocurrieron en forma reiterada y en un número indeterminado de veces por el término de un año aproximadamente, aunque siempre en horas de la noche cuando la menor se encontraba durmiendo en la pieza de su mamá o en la propia pieza de la niña.

Todo este accionar del imputado tuvo la entidad suficiente para vulnerar el desarrollo libre y progresivo de la sexualidad de la menor, siendo además, que el mismo se le atribuye en un claro contexto de violencia de género, evidenciando una desigualdad de poder entre las partes.

  • Segundo Hecho: en fecha ubicable cuando BG tenía entre 7 y 8 años de edad, cuando el imputado concurría siempre a la misma vivienda familiar a cuidarla a ella y sus hermanos en horas de la noche quedando como adulto responsable de los menores, aprovechaba para concretar distintos tipos de abusos consistentes en tocamientos y acceso carnal.

Estas situaciones se sucedieron en forma reiterada y en un número indeterminado de veces. Incluso hubo oportunidades en que el imputado le hacía ver pornografía a la niña.

Todas estas situaciones ocurrieron en la cocina de la vivienda, a excepción de una ocasión en que el imputado llevó a la menor a un campo e intentó abusarla. Todo este accionar del imputado tuvo la entidad suficiente para vulnerar el desarrollo libre y progresivo de la sexualidad de la menor, siendo la atribución en un claro contexto de violencia de género, y desigualdad de poder entre las partes.

  • Tercer Hecho: en fecha ubicable cuando GC tenía entre 7 y 9 años de edad, en ocasión en que la misma se encontraba al cuidado y guarda de su tío Víctor Hugo Contreras, en la vivienda familiar ubicada en Barrio Barranquitas, el imputado llevó adelante conductas sexuales aberrantes hacia la menor que no merecen la más mínima descripción.

Estas situaciones ocurrieron en forma reiterada y en un número indeterminado de veces todas ellas en los dos dormitorios de la vivienda. Todo este accionar del imputado tiene la entidad suficiente para vulnerar el desarrollo libre y progresivo de la sexualidad de la menor, en un claro contexto de violencia de género, y evidenciando una desigualdad de poder entre las partes.

  • Cuarto Hecho: en fecha ubicable cuando MC tenía 8 o 9 años de edad, en ocasión en que la misma se encontraba sola sentada mirando televisión en la cocina de la casa, se aproximó a la niña el procesado, quien le dio besos en el cuello. El hecho se le atribuye en un claro contexto de violencia de género, evidenciando una desigualdad de poder entre las partes.

Calificaciones legales

Las calificaciones legales de los hechos son las que siguen.

En cuanto al primer y al segundo hecho “abuso sexual gravemente ultrajante continuado agravado por haber sido cometido por quien estaba encargado de la guarda en concurso real con abuso sexual con acceso carnal; todo en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores agravado por haber sido cometido a una menor de 13 años”.

En cuanto al tercer hecho, “abuso sexual con acceso carnal continuado agravado por haber sido cometido por quien estaba encargado de la guarda en concurso real con promoción de la corrupción de menores, agravado por haber sido cometido a una menor de 13 años”.

Finalmente en cuanto al cuarto hecho la calificación legal es “abuso simple en calidad de autor”.

Pena acordada

Como ya se mencionó párrafos atrás, las partes acordaron para el imputado Victor Hugo Contreras la pena de 15 años de prisión de cumplimiento efectivo, más accesorias legales y costas del proceso. Operó como circunstancia atenuante que el imputado no contaba con antecedentes condenatorios.

El imputado y su abogada defensora, manifestaron de manera expresa su conformidad respecto de los hechos atribuidos, las calificaciones legales seleccionadas y la pena solicitada, en cuanto a su monto y modalidad de cumplimiento, y con el procedimiento abreviado escogido. Asimismo Víctor Hugo Contreras admitió su culpabilidad por los hechos por los cuales se acusa.

A su vez, las víctimas de los hechos, tres de ellas mayores de edad en estos momentos, prestaron su consentimiento para el mencionado acuerdo.

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Piden 15 años de prisión para el acusado de matar de un escopetazo a un mecánico en Rafaela

La Fiscalía de Rafaela solicitó una pena de 15 años de cárcel para un hombre de 75 años acusado de asesinar de un disparo a un mecánico en octubre de 2024.

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Foto: ilustrativa de archivo

El caso avanzó formalmente hacia juicio oral tras la audiencia preliminar realizada en los tribunales rafaelinos.

El fiscal de Homicidios de la Fiscalía Regional 5, Martín Castellano, confirmó que la acusación apunta contra un hombre identificado con las iniciales FRR, señalado como autor del homicidio de Oscar Helvio Feulién.

Cómo ocurrió el crimen en Rafaela

Según la investigación judicial, el hecho ocurrió el 2 de octubre de 2024 por la tarde en un predio ubicado sobre calle Ángela de la Casa al 400, en la ciudad de Rafaela.

De acuerdo con la Fiscalía, en el lugar funcionaba un negocio de compra y venta de autos usados administrado por el acusado, quien además residía allí.

El fiscal sostuvo que la víctima trabajaba como mecánico y había mantenido un vínculo laboral previo con el imputado. Ese día, Feulién habría concurrido al lugar junto a otras personas para retirar autopartes y elementos personales que permanecían en el predio.

El disparo con una escopeta

La acusación indica que una familiar de la víctima permitió el ingreso al terreno y, mientras Feulién y sus acompañantes entraban, el acusado salió de su vivienda portando una escopeta calibre 16.

Siempre según la reconstrucción del Ministerio Público de la Acusación, el hombre comenzó a increpar al mecánico y a quienes lo acompañaban, acusándolos de haber robado herramientas.

Instantes después, habría efectuado un disparo a corta distancia contra Feulién, impactándolo en el tórax.

La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Jaime Ferré, donde falleció horas más tarde como consecuencia de las heridas sufridas.

La causa irá a juicio oral

Tras la audiencia preliminar, el juez Nicolás Stegmayer admitió la acusación presentada por la Fiscalía y ahora deberá dictar el auto de apertura a juicio.

Posteriormente, la Oficina de Gestión Judicial definirá el tribunal encargado del debate oral y establecerá la fecha de inicio del juicio.

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Reforma laboral: la Justicia rechazó una demanda millonaria de un médico monotributista

Un fallo de la Justicia laboral de Mendoza aplicó por primera vez aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por la Ley de Bases y rechazó una demanda por más de $150 millones presentada por un médico que reclamaba el reconocimiento de una relación de dependencia.

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Foto: Ilustrativa

La sentencia fue dictada por la Primera Cámara del Trabajo de San Rafael en la causa iniciada por un profesional contra un hospital privado, donde el demandante sostenía haber trabajado bajo relación laboral exclusiva realizando guardias y tareas de coordinación médica.

Sin embargo, el tribunal concluyó que existía una locación de servicios de carácter civil y no un vínculo laboral formal.

La reforma laboral y los monotributistas

El fallo se convirtió en uno de los primeros antecedentes judiciales que aplican la nueva redacción de la legislación laboral respecto a profesionales que facturan como monotributistas.

La normativa establece que la presunción automática de relación laboral no se aplica cuando:

  • Se trata de servicios profesionales
  • Existen facturas o recibos emitidos regularmente
  • El prestador conserva autonomía organizativa y económica

Por qué la Justicia rechazó la relación de dependencia

Durante el juicio, el hospital logró acreditar distintos elementos que, según los jueces, demostraron la independencia profesional del médico.

Entre los principales puntos destacados en la sentencia figuran:

  • No existía subordinación técnica ni organizativa
  • Los médicos organizaban sus propias guardias
  • Podían acordar reemplazos sin autorización del hospital
  • No había control horario ni fichado
  • El profesional emitía facturas por montos variables
  • También trabajaba en otros consultorios y clínicas

Además, el tribunal señaló que el hospital no ejercía poder disciplinario sobre el profesional, un aspecto considerado clave para descartar una relación laboral.

Debate por los intereses y la nueva ley

Aunque la demanda fue rechazada, los magistrados también analizaron cómo debían calcularse los intereses según la nueva Ley de Modernización Laboral.

La discusión se centró en si correspondía aplicar retroactivamente el nuevo sistema de actualización previsto por la normativa nacional.

La mayoría del tribunal resolvió utilizar la fórmula establecida por la nueva ley desde la fecha de mora, mientras que uno de los jueces sostuvo que debía aplicarse por tramos y solo desde la entrada en vigencia de la reforma.

Finalmente, prevaleció el criterio de aplicación integral.

Qué impacto puede tener el fallo

Especialistas en derecho laboral consideran que la sentencia podría convertirse en un antecedente relevante para empresas y profesionales independientes.

El fallo refuerza la necesidad de:

  • Mantener facturación regular
  • Evitar controles típicos de empleados
  • No aplicar sanciones disciplinarias
  • Garantizar autonomía en horarios y organización

La resolución aparece en un contexto donde la reforma laboral busca redefinir los límites entre trabajo autónomo y relación de dependencia, especialmente en actividades profesionales.

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Judicial

Detuvieron a un hombre en Esperanza acusado de abuso sexual y amenazas con un arma

Un hombre de 29 años quedó en prisión preventiva en la ciudad de Esperanza, acusado de cometer graves delitos sexuales contra dos mujeres en un descampado de la zona norte de la ciudad.

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Foto: Ilustrativa

La medida fue ordenada por el juez Nicolás Falkenberg tras una audiencia encabezada por el fiscal Alejandro Benítez.

La investigación está a cargo de la Agencia de Investigaciones sobre Trata de Personas y Violencia de Género, con colaboración del Grupo de Acción Táctica.

El operativo y los elementos secuestrados

El acusado, identificado por sus iniciales como Sebastián S. Z., fue detenido en una vivienda ubicada sobre calle Bolivia al 100, en el departamento Las Colonias.

Durante el procedimiento, los agentes secuestraron un automóvil Volkswagen Polo, presuntamente utilizado durante el hecho investigado, y un rifle de aire comprimido calibre 4.5.

Cómo ocurrió el hecho investigado

De acuerdo con la reconstrucción realizada por la Fiscalía, el episodio ocurrió durante la madrugada del sábado 2 de mayo.

Según detalló el fiscal, el imputado circulaba por la ciudad acompañado por otro hombre de su entorno. En inmediaciones de calle Amado Aufranc y Ruta Provincial 6, ambos habrían tomado contacto con dos trabajadoras sexuales que luego subieron al vehículo.

Posteriormente, el automóvil se dirigió hacia un descampado ubicado en la zona norte de Esperanza.

La acusación de la Fiscalía

Siempre según la investigación judicial, una vez en el lugar el acusado habría amenazado a una de las mujeres con un arma y cometido un abuso sexual.

Además, la Fiscalía sostiene que también obligó a la segunda víctima a mantener un acto sexual con el otro hombre que viajaba en el vehículo.

Las mujeres lograron escapar del lugar y denunciar lo ocurrido ante las autoridades.

Prisión preventiva para el acusado

Tras analizar las evidencias reunidas en la causa, el juez dispuso la prisión preventiva del imputado mientras avanza la investigación.

La calificación penal incluye delitos de abuso sexual con acceso carnal y otros cargos vinculados a las amenazas y coerción ejercidas sobre las víctimas.

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