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El Gobierno desreguló el transporte automotor de larga y media distancia

Permite el registro de nuevas empresas, es online y simplifica trámites. Las compañías pueden definir recorridos, horarios, precios y duración de servicios, entre otras cosas.

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Foto: La medida será por decreto y se publicará este lunes en el Boletín Oficial.

El Gobierno nacional publicó este lunes en el Boletín Oficial el decreto por el cual se desregulan los servicios del transporte automotor de pasajeros de media y larga distancia, informaron fuentes oficiales.

La medida generará beneficios para todos los actores del sector, como la creación de un nuevo Registro Nacional del Transporte de pasajeros, el libre establecimiento de recorridos, horarios, precios y duración de los servicios por parte de los transportistas.

Impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, la nueva norma reemplaza a la que tiene más de 30 años de antigüedad.

Según se informó, el objetivo de la desregulación es lograr la liberalización y modernización del transporte automotor de pasajeros y su adaptación a la dinámica de transporte actual.

En esta línea, se crea el Registro Nacional del Transporte de pasajeros, de acceso público, sin costo y online, para una mayor comodidad del transportista, el ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos y una mayor transparencia.

Las empresas y transportistas que ya estaban registradas no tendrán que hacerlo nuevamente. Sí deberán registrarse las nuevas que, una vez inscriptas, obtendrán de manera automática la habilitación para operar luego de cinco días post inscripción, aplicando de esta forma la nueva metodología de «Silencio Positivo» ya implementada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.

De este modo, llegado el momento de vencimiento del plazo administrativo de un trámite se concede y autoriza para agilizar el procedimiento y no perjudicar al usuario.

En todos los trámites, se mantienen las exigencias en materia de seguridad ya establecidas en la normativa vigente.

A partir de esta norma, se podrán establecer libremente los recorridos, vehículos, horarios, precios, duración de los servicios e, incluso, los puntos de ascenso y descenso de pasajeros que estén autorizados por la jurisdicción local respectiva, con lo que se aspira a generar una mayor oferta de servicios y competencia de precios para beneficiar tanto al usuario como a las empresas y transportistas.

A su vez, tendrán que informar la capacidad de transporte, detallando cantidad y tipo de vehículo, cantidad de asientos, seguros contratados, la nómina de conductores a asignar y la información relativa a las licencias de conducir de los mismos, la periodicidad de los servicios declarados, el origen, las paradas intermedias y el destino del viaje.

En este punto, no se podrán ofrecer al público servicios que no se encuentren informados en el Registro Nacional del Transporte de pasajeros.

La autoridad de aplicación de esta medida será la Secretaría de Transporte de la Nación del Ministerio de Economía y comenzará a implementarse en 60 días, cuando se realicen las actualizaciones tecnológicas necesarias.

De esta manera, el Gobierno nacional elimina trabas que considera innecesarias, garantiza una mayor liberalización en las condiciones de prestación del servicio y agiliza los tiempos administrativos, con el fin de permitir la incorporación de nuevos actores al sector.

Este cambio les permitiría a los usuarios gozar, con más competencia, de una mayor oferta en el transporte terrestre.

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ANSES actualizó los topes para cobrar asignaciones familiares: cuánto pueden ganar las familias

La ANSES aumentó un 1,89% los límites de ingresos para acceder a las asignaciones familiares del SUAF. El ingreso total del grupo familiar no puede superar los $6.184.406 mensuales, mientras que ninguno de sus integrantes puede superar los $3.034.844.

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Foto: ANSES actualizó los topes para cobrar asignaciones familiares.

Cuáles son los nuevos topes de ANSES

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) actualizó en agosto los límites de ingresos que determinan quiénes pueden acceder a las asignaciones familiares del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

La modificación se realizó a partir de la fórmula de movilidad vigente y representa un incremento del 1,89%.

Desde agosto, el ingreso total de un grupo familiar no puede superar los $6.184.406 mensuales para mantener el derecho a percibir las asignaciones.

Además, existe un límite individual de $3.034.844 por mes. Esto significa que si uno de los integrantes del grupo familiar supera ese monto, la familia queda excluida del SUAF, incluso cuando la suma de los ingresos de todos sus integrantes sea inferior al tope general.

Quiénes pueden acceder a las asignaciones familiares

La actualización alcanza a distintos grupos de beneficiarios de ANSES, entre ellos:

  • Trabajadores en relación de dependencia.
  • Monotributistas de las categorías habilitadas.
  • Titulares de la Prestación por Desempleo.
  • Jubilados y pensionados que reciben asignaciones familiares.
  • Beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
  • Excombatientes de Malvinas que cobran asignaciones.

En el caso de los monotributistas, quienes se encuentran inscriptos desde la categoría I en adelante no pueden acceder a las asignaciones familiares.

Qué pasa si uno de los integrantes supera el límite

El sistema contempla tanto el ingreso familiar como el ingreso individual.

Por eso, aunque una familia no supere los $6.184.406 mensuales, pierde el derecho a las asignaciones si alguno de sus integrantes tiene ingresos superiores a $3.034.844.

Este criterio se aplica independientemente de que el ingreso total del grupo familiar permanezca por debajo del límite general.

El aumento se aplica automáticamente

La actualización del 1,89% no solamente modificó los topes de ingresos. También se aplicó sobre los montos de las asignaciones familiares.

Los beneficiarios no necesitan realizar ningún trámite adicional, ya que el incremento se acredita de manera automática.

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ANMAT prohibió un insecticida, productos quirúrgicos y un purificador de agua por irregularidades

La ANMAT prohibió en todo el país la comercialización, distribución, uso y publicidad de tres tipos de productos que presentaban distintas irregularidades: un insecticida sin registro, insumos quirúrgicos presuntamente falsificados y un equipo de ósmosis inversa no autorizado.

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Foto: Productos prohibidos por la ANMAT tras detectar irregularidades.

La medida fue publicada este viernes en el Boletín Oficial mediante tres disposiciones que involucran a empresas vinculadas con Buenos Aires, Santa Fe y Salta.

Prohibieron un insecticida sin registro

Uno de los productos alcanzados por la medida es el insecticida líquido concentrado “Asesino X”, elaborado por una empresa ubicada en Ituzaingó, provincia de Buenos Aires.

La investigación se inició luego de que la Coordinación Regional de Inocuidad Salta-Jujuy del Senasa informara sobre su comercialización en Salvador Mazza.

Al revisar sus registros, la ANMAT constató que el producto no estaba inscripto como domisanitario. La empresa fue convocada y reconoció el remito relacionado con la venta, aunque intentó encuadrar al insecticida dentro de la categoría veterinaria.

El organismo rechazó esa interpretación debido a que el producto está destinado a ser utilizado sobre superficies inanimadas y no sobre animales.

Mediante la Disposición 4812/2026, la ANMAT prohibió en todo el territorio nacional el uso, la comercialización, la publicidad y la distribución de todos los lotes de “Asesino X”.

Además, ordenó iniciar un sumario sanitario contra la empresa elaboradora y su directora técnica.

Detectaron insumos quirúrgicos sin autorización

El segundo procedimiento se realizó en el depósito de una ortopedia de Santa Fe, durante una inspección del Servicio de Fiscalización de Cadena de Comercialización.

Los agentes encontraron tres modelos de puntas de shaver marca Smith & Nephew que no contaban con los datos de un importador registrado ni con el número de inscripción sanitaria requerido en Argentina.

También fueron detectados tornillos de interferencia y arpones identificados como “Vikingo”, que no tenían habilitación.

Entre los elementos observados apareció además un dispositivo Biomet con doble rotulado. Debajo de una etiqueta con una fecha de vencimiento vigente había otra correspondiente a un arpón vencido.

La empresa responsable de los productos Biomet informó que no había comercializado el lote inspeccionado. A partir de esa respuesta, la ANMAT determinó que el artículo era falsificado.

En otro caso, una compañía confirmó que uno de los arpones pertenecía a un lote original de su propiedad, aunque había sido manipulado por personas ajenas a la firma.

La Disposición 4888/2026 prohibió en todo el país el uso, la distribución y la comercialización de los productos intervenidos.

Además, se ordenó retirar del mercado el lote involucrado, realizar una denuncia penal y emitir una alerta dirigida a establecimientos, profesionales y usuarios.

También prohibieron un equipo de ósmosis inversa

El tercer caso involucró a una empresa distribuidora de agua potable con sede en La Plata, que ofrecía a través de su página web y plataformas de comercio electrónico un equipo de ósmosis inversa denominado “Hidrolit Romi 100”.

El producto era promocionado como un sistema para tratar agua de pozo con elevados niveles de salinidad.

A raíz de una denuncia, la ANMAT verificó que el equipo no contaba con registro sanitario.

La empresa tenía autorización como elaboradora y fraccionadora de dispositivos destinados al acondicionamiento de agua de red, pero esa habilitación no incluía al equipo comercializado.

Por medio de la Disposición 4932/2026, el organismo prohibió la venta, el uso, la distribución y la publicidad del “Hidrolit Romi 100” en todo el país, incluyendo su comercialización a través de plataformas digitales.

La prohibición continuará hasta que la empresa tramite y obtenga la inscripción correspondiente. También se inició un sumario sanitario contra la firma y la persona responsable de su dirección técnica.

Un antecedente de 2019

La empresa ya había sido alcanzada por una medida similar en 2019, cuando las autoridades prohibieron la comercialización de una botella de hidratación que tampoco contaba con registro de la ANMAT.

Aquella medida también había sido publicada en el Boletín Oficial.

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Destituyeron a la intendenta interina de Villa Santa Cruz del Lago y permanece en el municipio

El Concejo Deliberante resolvió por unanimidad desplazar a Mabel Andrea Romanutti, quien se niega a dejar el cargo y permanece dentro del edificio municipal. El conflicto podría terminar en la Justicia.

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Foto: Mabel Andrea Romanutti permanece en el municipio tras ser desplazada del cargo.

Una crisis institucional se desató en Villa Santa Cruz del Lago, Córdoba, luego de que el Concejo Deliberante resolviera por unanimidad apartar del cargo a la intendenta interina Mabel Andrea Romanutti.

La funcionaria rechazó la decisión y permanece dentro de la sede municipal desde el jueves, mientras los concejales intentan encontrar una salida al conflicto.

Cómo comenzó el conflicto

La situación se originó a fines de 2025, cuando el intendente Omar De Giovanni solicitó una licencia por motivos de salud.

El Concejo Deliberante aprobó inicialmente un permiso de 60 días y Romanutti, quien en ese momento era presidenta del cuerpo legislativo, quedó al frente del Ejecutivo municipal desde el 12 de diciembre, en el marco de lo establecido por el artículo 43 de la Ley Orgánica Municipal 8.102.

Una vez vencido ese período, De Giovanni extendió su licencia y Romanutti continuó ejerciendo la intendencia de manera interina.

El Concejo resolvió desplazarla

Con el paso del tiempo, el Concejo Deliberante consideró que Romanutti no debía continuar al frente del municipio y aprobó su salida mediante una votación unánime.

Sin embargo, la funcionaria rechazó la medida y decidió permanecer dentro del edificio municipal.

Por estas horas, los concejales mantienen una instancia de diálogo para intentar convencerla de que abandone el lugar y acate la resolución.

El conflicto podría llegar a la Justicia

En el municipio hay presencia policial, aunque hasta el momento no se informó oficialmente que exista una orden para desalojar a Romanutti por la fuerza.

El Concejo Deliberante ya emitió la resolución correspondiente y sostiene que debe ser cumplida.

Si la intendenta interina mantiene su postura, el conflicto podría trasladarse al ámbito judicial, donde deberá definirse cómo continúa la situación institucional de Villa Santa Cruz del Lago.

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