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Una jueza de Estados Unidos falló en contra de la Argentina y el costo por expropiación de YPF se eleva a US$16.000 millones

La indemnización deberá pagarla el Estado Nacional y no la empresa, y la sentencia a favor del fondo de inversión Burford Capital se produce luego de que fracasaran una serie de negociaciones.

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La jueza de Nueva York, Loreta Preska, falló a favor de los fondos de inversión Burford Capital y Eton Park y determinó que el monto de compensación por la expropiación de YPF que se produjo en 2012 es de US$16 mil millones de dólares.

El Gobierno argentino anunció que apelará “inmediatamente” esta resolución y que el presidente Alberto Fernández ya evaluó la situación con la Procuración del Tesoro.

“Seguiremos defendiendo la soberanía energética y nuestra empresa estatal YPF frente a los fondos buitres”, indicó la vocera del Gobierno, Gabriela Cerruti.

La expropiación de YPF se realizó bajo la presidencia de Cristina Kirchner y con el actual gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, al frente del Ministerio de Economía.

El fallo de Preska se produce luego de que fracasaran una serie de negociaciones y ordena que el Estado argentino sea el que debe resarcir al fondo Burford y no la compañía.

Según fuentes de YPF, “es un fallo positivo” porque “la jueza reconoce que la compañía no tenía responsabilidad y no es garante del Estado nacional. Con lo que sus activos están fuera de riesgo”.

Burford Capital es de un bufete de abogados que se presentó en los tribunales con los derechos de Petersen Energía, que tenía el 25% de YPF antes de su expropiación.

En tanto, Eton Park ingresó en 2010 a YPF con la compra del 1,63% del capital por unos US$ 250 millones.

Sebastián Maril, asesor de Research for Traders, consideró que el pronunciamiento de Preska coincidió con lo que “muchos esperaban: YPF, exonerado, y la Argentina, culpable”.

Para la representación legal del Estado argentino, el monto a pagar debiera computarse en pesos en la fecha en la que se dicte la medida y luego convertirse en dólares.

En junio de 2019, la Corte Suprema de Estados Unidos rechazó un pedido de la Argentina para ponerle fin a la demanda de los ex accionistas de YPF.

Ahora, a partir del próximo lunes, los representantes del Estado Nacional tendrán la oportunidad de apelar o negociar y el Burford Capital podrá empezar a aplicar embargos sobre los activos soberanos.

Tras la noticia, las acciones de Burford tuvieron un salto superior al 30% en la plaza londinense, mientras que las de YPF corren la suerte inversa.

Fuente: L.T.9.

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Volcó un micro que había salido de Laboulaye: al menos 20 personas resultaron heridas

El colectivo de larga distancia cayó por un barranco de seis metros sobre la Ruta Nacional 7, a la altura de Carmen de Areco. Investigan si las fuertes ráfagas de viento provocaron el siniestro.

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Foto: Captura de video

Un colectivo de larga distancia que había partido desde Laboulaye (Córdoba) con destino a la Ciudad de Buenos Aires protagonizó un grave accidente este viernes al volcar y caer por un barranco en la Ruta Nacional 7, a la altura de Carmen de Areco.

Como consecuencia del siniestro, al menos 20 personas resultaron heridas, entre ellas un bebé, y fueron trasladadas a un centro de salud para recibir atención médica.

El micro cayó unos seis metros

El accidente ocurrió en el puente sobre el arroyo La Guardia, donde, por causas que se investigan, el conductor perdió el control del vehículo.

Según las primeras pericias, el colectivo despistó y cayó por un barranco de aproximadamente seis metros de profundidad.

Las autoridades analizan si las intensas ráfagas de viento registradas en la zona fueron un factor determinante en el vuelco.

No hubo personas atrapadas

Al momento del accidente viajaban unas 20 personas, incluido un bebé.

Los equipos de emergencia confirmaron que ningún pasajero quedó atrapado dentro del micro, lo que permitió realizar rápidamente las tareas de rescate y evacuación.

Todos los ocupantes recibieron asistencia médica y fueron derivados al Hospital de Carmen de Areco, donde se evaluó la gravedad de las lesiones.

Amplio operativo de emergencia

En el lugar trabajaron Bomberos, personal policial, ambulancias y efectivos de Seguridad Vial, quienes asistieron a los pasajeros y aseguraron la zona.

Debido al operativo y a las condiciones climáticas adversas, las autoridades solicitaron circular con extrema precaución por el sector.

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ANSES aplicará un aumento del 1,9% en agosto

Las jubilaciones, pensiones, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y el resto de las prestaciones que abona la ANSES tendrán un incremento del 1,9% en agosto, de acuerdo con el índice de inflación de junio informado por el INDEC.

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Foto: La jubilación mínima pasaría a $489.817,13, sumando el bono de 70 mil pesos.

La actualización responde a la fórmula de movilidad establecida por el DNU 274/24, que ajusta los haberes mensualmente según la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Cuánto cobrarán los jubilados en agosto

Con el incremento, los haberes previsionales quedarán de la siguiente manera:

  • Jubilación mínima: $419.817,13.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $335.853,70.
  • Pensiones No Contributivas (PNC): $293.872.
  • Prestación Básica Universal (PBU): $192.047,17.

Además, el Gobierno anticipó que continuará otorgando el bono de $70.000 para quienes perciben los haberes más bajos. De confirmarse, quienes cobran la jubilación mínima recibirán un total de $489.817,13.

AUH y asignaciones: los nuevos valores

El mismo porcentaje de actualización alcanzará a las asignaciones sociales administradas por la ANSES.

Desde agosto, los montos serán los siguientes:

  • Asignación Universal por Hijo (AUH): $150.861,93.
  • Asignación Universal por Embarazo (AUE): $150.861,93.
  • Asignación por Hijo (SUAF) para el primer tramo de ingresos: $75.439,63.

Cómo se calcula el aumento

Desde marzo de 2024, las prestaciones de ANSES se actualizan mediante un esquema de movilidad que toma como referencia la inflación del mes anterior publicada por el INDEC.

En este caso, el IPC de junio fue del 1,9%, porcentaje que se aplicará a los haberes y asignaciones correspondientes a agosto.

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ANMAT prohibió la venta de máscaras faciales y de manos de cuatro marcas por riesgo sanitario

La medida alcanza a productos de las marcas USHAS, FAYANKOU, KAKAZIYAN y CHOVEMOAR, que fueron retirados del mercado por carecer de inscripción sanitaria. La prohibición rige en todo el país.

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Foto: GRAVE RIESGO. Ese fuer el argumento sanitario que esgrimió la ANMAT para sacar de circulación varias marcas de mascarillas faciales y de manos.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización, la publicidad y la distribución de varias máscaras faciales y una máscara para manos al detectar que los productos no cuentan con inscripción sanitaria, lo que impide garantizar su calidad, seguridad y origen.

La disposición fue oficializada este lunes mediante la Resolución 4193/2026, publicada en el Boletín Oficial, y se mantendrá vigente hasta que los productos sean debidamente regularizados ante la autoridad sanitaria.

¿Por qué ANMAT prohibió estos productos?

La medida fue tomada luego de una investigación realizada por el área de Cosmetovigilancia de ANMAT, que detectó la venta de estos cosméticos tanto en comercios de la Ciudad de Buenos Aires como en plataformas de comercio electrónico con envíos a todo el país.

Durante las inspecciones, los especialistas comprobaron que los envases no exhibían datos de inscripción sanitaria. Posteriormente, al consultar la base de datos oficial, confirmaron que no existían registros compatibles, por lo que fueron considerados productos ilegítimos.

El organismo explicó que la prohibición busca proteger la salud pública, ya que no es posible garantizar las condiciones de elaboración ni la composición de los ingredientes utilizados.

Los productos alcanzados por la medida

La disposición incluye las siguientes presentaciones:

  • Máscara facial ROSE FACIAL MASKUSHAS (25 ml).
  • Máscara facial LEMON BRIGHTEN FACIAL MASK WHITENING SKINFAYANKOU (25 ml, vencimiento 06/2028).
  • Máscara facial FACIAL MASKKAKAZIYAN CARTOON MASK (sin especificación de volumen, de origen chino).
  • Máscara facial MASK PACKKAKAZIYAN (30 ml, elaborada en China).
  • Máscara de manosCHOVEMOAR (36 gramos, lote HBD12C1, con vencimiento 20240411).

Retiro del mercado

La resolución también ordena comunicar la medida a las autoridades sanitarias de todas las provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a organismos vinculados con la defensa del consumidor para asegurar el retiro efectivo de estos productos del mercado.

ANMAT recordó que la comercialización de cosméticos sin registro sanitario infringe la normativa vigente y puede representar un riesgo para la salud de los consumidores.

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