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Tres años de prisión efectiva para Marcelo Castro por la megaestafa a Williner y Las Taperitas

En un juicio abreviado, Marcelo Castro fue condenado por su rol como autor principal de una estafa que perjudicó a las empresas Suc. de Alfredo Williner y Las Taperitas. La maniobra incluyó la falsificación de identidad y el desvío de más de 180 millones de pesos.

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Foto: Ilustrativa

Este lunes al mediodía, el Juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP) Gustavo Bumaguin dictó una sentencia de tres años de prisión efectiva para Marcelo Castro, quien reconoció su participación en la estafa millonaria que afectó a las empresas Las Taperitas y Suc. de Alfredo Williner. El juicio abreviado contó con la participación del fiscal Guillermo Loyola, el abogado querellante Carlos Farías Demaldé y la defensora del imputado, Amalia Cassina.

Castro, de 44 años y oriundo de Buenos Aires, fue acusado de suplantar la identidad de un excontador de las empresas involucradas. Utilizó un Documento Nacional de Identidad falsificado para acceder a una nueva tarjeta de coordenadas, desde la cual realizó numerosas transferencias y compras, incluyendo 500 amoladoras y otros productos por un valor superior a los 180 millones de pesos.

Una estafa orquestada al detalle

La maniobra delictiva comenzó semanas antes del 23 de enero, cuando Castro contactó al banco mediante el canal exclusivo para empresas, haciéndose pasar por un excontador de las firmas. Con la ayuda de operadores bancarios, logró reestablecer claves y obtener acceso a las cuentas empresariales.

La investigación reveló que las transferencias de dinero beneficiaron a 17 personas físicas, además de ser utilizadas para realizar compras de alto valor. Entre las evidencias reunidas, se incluyeron grabaciones de llamadas, registros fílmicos de visitas a la sucursal del Nuevo Banco Santa Fe en Buenos Aires y un chat de WhatsApp en el que Castro se identificaba falsamente como representante de Williner.

Sin embargo, un descuido resultó crucial para su captura. Castro usó su número de teléfono personal en una transacción de 16,5 millones de pesos, lo que permitió a los investigadores atar cabos y dar con su identidad.

Un perjuicio doble: las empresas y un contador afectado

Además de las empresas Williner y Las Taperitas, otra víctima de la estafa fue el contador público Marcelo Daniel M., cuya identidad fue utilizada por Castro para ejecutar el delito. Aunque M. ya no trabajaba para las firmas desde hacía tres años, el banco permitió operar en las cuentas con la documentación apócrifa presentada por el imputado.

El contador se presentó como querellante en la causa, representado por el abogado Carlos Farías Demaldé. Este hecho expone serias falencias en los protocolos de seguridad bancaria que, en palabras del fiscal Loyola, “habilitaron la concreción de una maniobra que podría haberse evitado con controles más estrictos”.

Consecuencias y medidas judiciales

Mientras que Castro permanecerá en prisión, los otros 17 imputados en la causa recuperaron la libertad bajo condiciones estrictas, incluyendo la presentación periódica ante la comisaría, el pago de una fianza de 500 mil pesos y la prohibición de contacto con víctimas o testigos.

La estafa dejó pérdidas superiores a los 180 millones de pesos, de los cuales solo se lograron recuperar 30 millones durante la investigación. El caso representa un ejemplo de los desafíos que enfrentan las empresas y los bancos en términos de ciberseguridad y fraude.

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Confirmaron la condena impuesta a un hombre que abusó sexualmente de dos niñas en Rafaela

Un tribunal de segunda instancia confirmó por unanimidad la condena a doce años y seis meses de prisión impuesta a un hombre que abusó sexualmente de dos niñas de su entorno familiar en Rafaela. Se trata de Emanuel César Suárez, tiene 35 años y llevó adelante sus conductas delictivas durante la infancia y la adolescencia de las víctimas

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Foto: Ilustrativa

Los camaristas que ratificaron la sentencia de primera instancia son Sebastián Creus (presidente), Bruno Netri y Roberto Reyes. En su resolución, también rechazaron todos los agravios planteados por la Defensa en la audiencia de apelación, realizada en los tribunales rafaelinos.

La investigación de los hechos ilícitos estuvo a cargo de la fiscal Favia Burella, de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Fiscalía Regional 5, quien representó al MPA en las distintas etapas del proceso judicial.

Sentencia fundada

Burella detalló que “el abogado de Suárez solicitó la revocación de la sentencia y la absolución del agresor o una disminución en el monto de la pena impuesta, lo cual desde la Fiscalía rechazamos absolutamente”. Remarcó que “al igual que la Querella, en la audiencia de apelación pedimos que los camaristas resolvieran como finalmente lo hicieron”.

La funcionaria del MPA puntualizó que “la Defensa cuestionó la validez probatoria de los testimonios que las víctimas brindaron en cámara Gesell en el marco de la investigación, en función de que al momento del juicio ya eran mayores de edad”. Al respecto, enfatizó que “por entonces, ambas estaban en una situación de suma vulnerabilidad que fue acreditada de manera fehaciente durante el debate”.

En relación al agravio por las declaraciones de las víctimas, el juez Creus sostuvo que “no hay, en este punto, invalidación alguna y, por tanto, cabe tener como legal y constitucionalmente adquiridos los testimonios de las dos personas en el juicio”. Los otros dos camaristas adhirieron a ese voto.

Por otro lado, la fiscal mencionó que “Las críticas de la Defensa se plantean como relativas y no suponen un obstáculo al razonamiento de la sentencia impugnada.

Los hechos

Burella recordó que “Suárez fue condenado por haber agredido sexualmente a las dos víctimas en diferentes oportunidades”, y explicó que “el accionar delictivo comenzó cuando él era adolescente y continuó una vez que adquirió la mayoría de edad”. En tanto, sostuvo que “las niñas comenzaron a sufrir los abusos cuando cursaban los primeros años de su escolaridad primaria, los cuales continuaron hasta la época en la que iban a la secundaria”.

Asimismo, la fiscal afirmó que “es inobjetable que Suárez se aprovechó del estado de vulnerabilidad en el que las víctimas estaban por su corta edad y el vínculo afectivo y de confianza que las unía con él”.

Delitos

El tribunal de segunda instancia confirmó las calificaciones penales por las que Suárez fue condenado en el juicio oral: abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una de sus sobrinas; y abuso sexual gravemente ultrajante, en contra de ambas víctimas.

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Los hermanos Spaggiari continuarán detenidos en Coronda pese a denuncias de apremios ilegales

El juez de Segunda Instancia de los Tribunales de Santa Fe, Dr. Mario Javier Guedes, resolvió que Fernando y Matías Spaggiari permanecieran en la Unidad Penal de Coronda, pese a las denuncias de violencia institucional que presentaron.

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Foto: Los hermanos Spaggiari continuarán detenidos en Coronda pese a denuncias de apremios ilegales

Aunque reconoció la validez del Habeas Corpus correctivo solicitado por la defensa, no accedió a trasladarlos a otra unidad penitenciaria.

La audiencia, realizada este viernes en la Sala 7 de los Tribunales de Santa Fe, contó con la participación de los abogados defensores de los hermanos, los doctores José María Silvela y Andrés Colón, quienes presentaron el recurso en respuesta a los presuntos apremios sufridos por sus clientes en Coronda. Según la defensa, estas agresiones, que incluyeron golpes de tumbas, fueron constatadas por médicos del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), el médico forense y profesionales del Hospital Cullen.

Fallo convalidado, pero sin traslado

El juez Guedes coincidió en que los hechos denunciados por los Spaggiari constituyen un agravamiento ilegítimo de sus condiciones de detención, lo que habilita la acción de Habeas Corpus correctivo. Sin embargo, decidió no modificar el lugar de detención de los imputados, argumentando que no existen elementos suficientes para justificar su traslado desde Coronda, donde habrían ocurrido las agresiones.

La resolución contrasta con un fallo anterior del juez de Primera Instancia Nicolás Falkemberg, quien había dispuesto el traslado inmediato de los hermanos a la Unidad Penal de Las Flores o la Alcaidía de Rafaela, señalando que las lesiones sufridas no podían considerarse autoinfligidas ni producto de un acuerdo con terceros.

Investigación en curso

El Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Santa Fe sigue investigando las denuncias de violencia institucional presentadas por los Spaggiari. El juez Guedes ordenó remitir copias de las actuaciones a la fiscalía para ser consideradas en el marco de la causa en curso.

Por ahora, los hermanos Spaggiari continuarán en la Unidad Penal de Coronda, mientras se avanza en la investigación sobre las presuntas irregularidades en su trato dentro del establecimiento penitenciario. Este caso pone nuevamente en debate las condiciones de detención y el cumplimiento de los derechos humanos en las cárceles de la provincia.

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Cristina Kirchner va a juicio oral por el memorándum con Irán

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un planteo de la expresidenta en la causa que se inició por la denuncia del fiscal Alberto Nisman.

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Foto: Cristina Kirchner. (Foto: @CFKArgentina/X)

La Corte Suprema de Justicia de Argentina confirmó la elevación a juicio oral que enfrenta a la expresidenta Cristina Kirchner por el Memorándum con Irán.

En un fallo unánime, los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Carlos Maqueda rechazaron la apelación presentada por la exmandataria.

La causa surgió a partir de la denuncia presentada por el fiscal Alberto Nisman en enero de 2015, quien acusó al Gobierno argentino, más allá de que se trató de una ley que aprobó el Congreso, de negociar con el memorándum la baja de las alertas rojas de Interpol para cinco iraníes vinculados al atentado a la AMIA.

Cuatro días después de presentar su denuncia, el fiscal Nisman fue encontrado muerto en su departamento de Puerto Madero, con un disparo en la cabeza. La Justicia consideró que fue asesinado. Este hecho trágico sumó un contexto complejo a la causa del memorándum, que involucra a varios funcionarios y figuras políticas.

Además de Cristina Kirchner, otros denunciados incluyen a Héctor Timerman, Oscar Parrilli, Juan Martín Mena, Carlos Zannini, Andrés Larroque, Luis D’Elia, el dirigente de la comunidad islámica Jorge Alejandro “Yussuf” Khalil y Fernando Esteche, exlíder de la agrupación Quebracho.

Todos enfrentan acusaciones relacionadas con el encubrimiento del atentado a la AMIA.

Cristina Kirchner insistió en la nulidad de la causa, en la que se la acusa de encubrimiento agravado por promover la firma del acuerdo entre Argentina e Irán.

El 3 de noviembre de 2023, la expresidenta recurrió a la Corte después de que la Sala I de la Cámara Federal de Casación, integrada por los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, derogara su sobreseimiento y ordenara la realización de un debate público y oral.

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