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Judicial

Peón de San Guillermo condenado por transportar estupefacientes

Un peón rural de 21 años, de la zona de San Guillermo, fue condenado a 4 años de prisión por el delito de transporte de estupefacientes, detectado el año pasado, en un operativo policial realizado en las cercanías del cruce de rutas 13 y 70, en el departamento Castellanos

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Ministerio Público de la Acusación Rafaela

La sentencia fue dictada por el juez del Tribunal Oral Federal (TOF) de Santa Fe, José María Escobar Cello, y alcanza a Néstor Fabián Godoy (21), un peón rural oriundo de Formosa, y por ese entonces con residencia en un campo de San Guillermo.

Según se informó oportunamente en los medios de la región, Godoy fue detenido el 22 de septiembre de 2021, cuando iba como pasajero en auto Fiat Siena blanco perteneciente a una empresa de remís de la ciudad cordobesa de Morteros. El acusado viajaba junto a otras dos personas, el chofer Daniel Roberto M. (45) y Juan Carlos G. (66), los cuales quedaron detenidos en un primer momento, pero luego recuperaron la libertad.

En zig-zag

Efectivos de la Policía de Seguridad Vial (PSV) que realizaban un control de rutina en el cruce de las rutas provinciales Nº 70 y 13, detectaron el vehículo que marchaba en zig-zag por la arteria que lleva a la localidad de Carlos Pellegrini.

Lo interceptaron a unos cinco kilómetros del cruce y al interrogar a sus ocupantes, éstos dijeron que se dirigían a un tambo en la zona rural de Rafaela. Sin embargo, al realizar la requisa, uno de los uniformados halló una sustancia sospechosa en una mochila que llevaba el más joven de los pasajeros. En total, se secuestraron 1043,8 gramos de cocaína distribuida en 710 envoltorios de nylon comúnmente denominadas «bochas», y $ 24.910 en efectivo.

Juicio abreviado

Godoy fue procesado el 29 de septiembre de 2021 por la presunta comisión del delito de transporte de estupefacientes -confirmado por la Cámara de Rosario- y quedó alojado en la Alcaidía de Rafaela.

Luego de que la causa fuera elevada a juicio a comienzos de este año, el fiscal general Martín Suárez Faisal y el defensor particular Enrique Müller, acordaron la realización de un juicio abreviado, mediante el cual Godoy aceptó la pena de 4 años de prisión por el mismo delito por el que fue procesado.

Tal como se acreditó en el expediente, «la mochila se hallaba en la parte trasera del vehículo donde se conducía el imputado y que reconoció que le pertenecía».

El dinero

Por otra parte, el Dr. Escobar Cello señaló que «conforme a las reglas generales del art. 23 del Código Penal es deber de los jueces privar a los condenados de la propiedad de los objetos que han servido para cometer el delito, así como de las cosas o ganancias que sean productos o provecho de tal accionar».

Al respecto, señala el magistrado que «no se han acreditado ingresos, ni se han acompañado constancias o pruebas que reflejen ganancias económicas producto de una actividad lícita registrada». Por ello, «se hará lugar al decomiso acordado por el fiscal y el encausado respecto del dinero incautado que asciende a la suma de $ 24.910 toda vez que no ha sido justificada su tenencia legal, sino que al contrario todo indica que el mismo ha sido producto de la actividad

Fuente: Radio Belgrano de Suardi

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Judicial

⚖️ Condenado a 27 años y medio de prisión: un reincidente fue sentenciado por un robo en Santa Clara de Saguier

Un hombre de 44 años, identificado como Julio César Antonio Unrein, fue condenado a una pena total de 27 años y 6 meses de prisión efectiva, tras ser hallado culpable de un robo cometido en Santa Clara de Saguier, en el departamento Castellanos.

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Foto: Archivo

La sentencia fue dictada en el marco de un juicio oral que finalizó en los tribunales de Rafaela, donde además se resolvió la unificación de condenas y se declaró la reincidencia del imputado.


🏠 El hecho: robo y amenazas en una vivienda

Según detalló la fiscal del Ministerio Público de la Acusación, Fabiana Bertero, el delito ocurrió durante la madrugada del 8 de marzo de 2021, cuando el condenado ingresó furtivamente a una vivienda mientras sus moradores dormían.

👉 Tras forzar puertas ventana de aluminio y vidrio, Unrein sustrajo dinero en efectivo, una billetera de cuero y un atado de cigarrillos desde la cocina del domicilio.

📌 En ese momento, fue sorprendido por el propietario de la casa, a quien amenazó de muerte para poder huir con los elementos robados.


🔁 Una condena que se agrava por sus antecedentes

El tribunal impuso una pena de 2 años y 6 meses de prisión por el robo cometido en Santa Clara de Saguier, la cual fue unificada con una condena anterior.

⚠️ Al momento del hecho, Unrein se encontraba en libertad condicional, tras haber sido condenado en 2005 a prisión perpetua, pena que había sido conmutada a 25 años, por un doble homicidio con arma de fuego, calificado por alevosía y robo.

👉 Por este motivo, la Fiscalía solicitó —y el tribunal concedió— la unificación de ambas penas y la declaración de reincidencia, alcanzando así los 27 años y 6 meses de prisión efectiva.


🗣️ La postura de la Fiscalía

Tras conocerse el fallo, la fiscal Fabiana Bertero expresó que, si bien aún resta conocer los fundamentos completos del tribunal, la Fiscalía se mostró conforme con la sentencia, ya que fue acorde a lo solicitado durante el juicio.

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Prisión preventiva para un hombre de Hersilia por delitos sexuales en perjuicio de cuatro niñas

Quedó en prisión preventiva un hombre de 51 años al que se investiga por haber cometido delitos sexuales en perjuicio de cuatro niñas en Hersilia. Así lo ordenó el juez Nicolás Stegmayer en una audiencia que se desarrolló en los tribunales de San Cristóbal

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Foto: Tribunales de San Cristóbal

La Fiscal Hemilce Fissore está a cargo de la investigación y es quien solicitó que el imputado, cuyas iniciales son FAM, transite el proceso judicial privado de su libertad. El magistrado dispuso la prisión preventiva sin plazo.

Los hechos

Fissore señaló que «el martes 13 de enero pasado, aproximadamente a las 14, el hombre investigado realizó exhibiciones obscenas con un claro contenido sexual ante una niña que ingresó a su comercio para comprar golosinas”.

La fiscal manifestó también que “durante el mes de noviembre del año pasado, el imputado contactó a través de WhatsApp a tres niñas con el fin de solicitarles que le envíen fotografías íntimas de índole sexual”.

Agregó que “con el fin de lograr su objetivo, les decía a las niñas que si no le mandaban las fotografías exigidas, efectuaría publicaciones en redes sociales o les causaría algún daño a integrantes de su familia”.

Por último, la Fiscal relató que “el hombre de 51 años, hace aproximadamente un año, intentó agredir sexualmente a otra niña en el interior de su comercio en horario de la siesta cuando la menor concurrió a realizar una compra”. Sostuvo que “el hombre investigado la tomó de la cintura e intentó ingresarla a la parte interior del inmueble pero no logró su objetivo en virtud de la resistencia de la víctima que logró escaparse del lugar”.

Fissore aseguró que “el imputado llevó a cabo los hechos con pleno conocimiento y voluntad respecto del alcance de sus actos”.

Peligros procesales

La fiscal expuso que “el juez dio por acreditadas la autoría y materialidad de los hechos que le imputamos con el grado de probabilidad que demanda esta etapa del proceso penal y en virtud de las numerosas evidencias que presentamos”.

También dijo que “en cuanto a la pena en expectativa, el magistrado sostuvo que será necesariamente de cumplimiento efectivo, no solo porque posee un antecedente condenatorio por delitos de la misma naturaleza sino también por la calificación penal escogida”.

“En relación con la posibilidad de entorpecimiento probatorio, Stegmayer sostuvo que es necesario resguardar las declaraciones de las víctimas vulnerables y resguardarlas de posibles amenazas de parte del imputado”, explicó la fiscal.

Calificación penal

El imputado es investigado como autor de exhibiciones obscenas calificadas por la edad de la víctima, grooming y abuso sexual simple en grado de tentativa.

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Judicial

⚖️ Fallo ejemplar y sin precedentes: empresario deberá comprarle una casa a su hijo tras negarlo durante 38 años

La Justicia bonaerense dictó un fallo histórico que sacude al ámbito del Derecho de Familia y marca un antes y un después en las demandas por filiación.

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Foto: Ilustrativa - La Justicia de Tres Arroyos condenó a un empresario a pagar una indemnización histórica tras negar su paternidad durante 38 años

En Tres Arroyos, un empresario fue condenado a indemnizar con el valor de una vivienda a su hijo biológico, a quien nunca reconoció legalmente durante casi cuatro décadas.

👤 El demandante, hoy de 36 años, creció únicamente con su madre —trabajadora de casas particulares— mientras su padre biológico construía una vida de solvencia económica y prestigio social, ignorando por completo sus responsabilidades afectivas y legales.

🧬 El proceso judicial incluyó pruebas de ADN contundentes, que no solo confirmaron el vínculo biológico, sino que también dejaron expuesta una conducta deliberada de abandono. Según la sentencia del Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 1 de Tres Arroyos, el empresario conocía la existencia de su hijo y, aun así, eligió no reconocerlo.


🏠 Una casa como reparación del daño: el eje del fallo

Lo más resonante de la sentencia es el monto de la indemnización. La jueza consideró que el daño causado no fue solo emocional, sino también económico y estructural.

⚠️ Al no ser reconocido como hijo de un empresario con alto poder adquisitivo, el demandante perdió oportunidades concretas:

  • acceso a mejor educación
  • atención en salud
  • estabilidad económica
  • bienes básicos
    que sí tuvieron sus hermanos reconocidos.

💰 Por ese motivo, la Justicia fijó una indemnización equivalente al valor de una vivienda de clase media, estimada en 65.000 dólares, además de cubrir un tratamiento psicológico prolongado.

📌 El fallo se apoya en el concepto de “pérdida de chance” y en la vulneración del derecho constitucional a la identidad, estableciendo que la reparación debe permitirle al damnificado alcanzar un nivel de vida similar al que habría tenido si hubiera sido reconocido desde el inicio.


🚨 Un precedente clave que cambia las reglas del juego

Este veredicto eleva la vara en las causas por falta de reconocimiento filial. Durante años, este tipo de demandas derivaban en indemnizaciones simbólicas. Hoy, la Justicia comienza a mirar el daño de forma integral y proporcional al patrimonio del progenitor.

📢 El mensaje es claro:
reconocer a un hijo no es una opción, es una obligación legal, y el paso del tiempo no borra el daño causado.

👩‍⚖️ Para especialistas, este fallo será una guía para futuras demandas en todo el país, alentando a más personas a reclamar por un derecho que les fue negado durante años.

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