Judicial
Salta 2141: 22 muertes, 62 heridos y un solo condenado que no irá preso
Según el fallo de primera instancia, el gasista que trabajó en el edificio el 6 de agosto de 2013 provocó la tragedia más grande de la historia de Rosario. Su arresto solo se hará efectivo si un tribunal de alzada ratifica la sentencia. Las otras diez personas que llegaron al juicio fueron absueltas
La explosión ocurrida el 6 de agosto de 2013 en Salta 2141, que dejó un saldo de 22 muertos y 62 heridos, tiene un único responsable penal. Según consideró la justicia, en primera instancia, el gasista que realizó mal su trabajo aquella mañana provocó la tragedia más grande de la historia de Rosario. Carlos Osvaldo García recibió este martes la pena de 4 años de prisión efectiva, pero no quedó preso, ya que su arresto solo se hará efectivo si un tribunal de alzada ratifica la sentencia. Las otras diez personas que llegaron al juicio fueron absueltas por «insuficiencia probatoria» en su contra.
Con la sentencia, el tribunal integrado por los jueces Marcela Canavesio, Rodolfo Zvala y Carlos Leiva no consideró que la tragedia fue la consecuencia de trabajos mal hechos anteriormente en el edificio y la falta de control sobre los mismos. No hizo lugar, como pretendía la Fiscalía y la querella, a la teoría de imputación objetiva, es decir, a que existió una cadena de omisiones de varias personas que generaron situaciones de peligro que aportaron al resultado final: la explosión. «Se advierte que la teoría del caso presenta fisuras argumentales», indicó Canavesio al leer la resolución en la sala 7 del Centro de Justicia Penal.
¿Por qué condenaron a García y por qué no irá preso?
Las once personas que llegaron al juicio fueron acusadas por el delito de estrago culposo agravado. Estrago significa un daño de grandes proporciones que haya generado peligro; culposo porque ninguno tuvo la intencionalidad de causar la explosión; y agravado por la cantidad de personas afectadas por el hecho. El máximo de pena por este delito es de cinco años de prisión efectiva. Y la Fiscalía pidió ese monto de pena para nueve de los once acusados, a excepción del gasista José Luis Allala (gasista que trabajó en la torre a finales de julio) y a Gerardo Bolaño (reclamista de Litoral Gas que cortó el servicio a finales de julio).
Si bien no se conocieron los fundamentos, ya que se darán a conocer luego, el tribunal solo encontró pruebas para condenar a García. «Había pruebas para condenar a más personas», sostuvieron desde el Ministerio Público de la Acusación (MPA), que apelará las absoluciones.
García no quedó preso tras la audiencia porque, según confiaron desde la justicia, llegó en libertad y la condena no está firme; y porque la sentencia no fue unánime. Los jueces Canavesio y Zvala se inclinaron por dictar cuatro años de prisión efectiva, mientras que Leiva consideró que debía recibir tres años de prisión en suspenso bajo el cumplimiento de una serie de reglas de conducta que tendría que realizar por el período de cuatro años.
Según la acusación, Carlos García manipuló el gabinete de gas sin haber cortado el suministro para empezar a trabajar; tampoco la luz; no cerró la puerta de acceso al edificio; ni avisó a los vecinos cuando comenzó la fuga que duró doce minutos. «Sabíamos que iba a ser condenado», expresó la fiscal Argüelles en conferencia de prensa al tiempo que añadió que se vio sorprendida por la absolución de los otros diez imputados.
Los fiscales y la querella hicieron hincapié durante el debate oral y público en que tres fallecimientos fueron por inhalación de monóxido de carbono y no por traumatismos, según determinaron las autopsias. Por ese motivo remarcaron un dato: el suministro de gas se cortó en la zona 2 horas y 46 minutos después de la explosión, ya que la única máquina que tenía Litoral Gas para hacerlo estaba en otro punto de la ciudad, en Circunvalación y Oroño. Sugirieron de esta forma que podría haber sido menor la cantidad de víctimas fatales si se interrrumpía antes.
Para el tribunal no hubo elementos suficientes para responsabilizar penalmente a los reclamistas de Litoral Gas que hicieron trabajos en el edificio previamente, ni a sus superiores, ni a los encargados de la administración del consorcio por haber contratado a García y por haber sugerido a los vecinos que no llamaran a la empresa porque se iban a quedar sin servicio.
Fuente: Rosario3.com
Judicial
Condenaron a un hombre acusado de abusar de su propia hija en Humberto
El juez José Luis Estévez dictó una pena de cumplimiento efectivo contra un hombre de 28 años por abusar de su hija de 4 años durante visitas obligatorias.

Este martes, en los Tribunales de Rafaela, se conoció el veredicto en el juicio contra V.R.D., acusado de abusar de su hija menor de edad en la localidad de Humberto Primo. Los hechos ocurrieron entre el 22 y el 30 de septiembre de 2022, mientras la niña convivía con él durante el régimen de visitas dispuesto judicialmente.
El juez de la Investigación Penal Preparatoria, José Luis Estévez, resolvió condenar al imputado a 10 años de prisión efectiva por el delito de “abuso sexual a una persona menor de 13 años con acceso carnal, agravado por el vínculo y la convivencia”. Además, dispuso la incorporación de su huella genética a un banco de datos.
Durante el proceso, la fiscal Favia Burella había solicitado una pena de 13 años de cárcel, en tanto que la defensa, representada por Amalia Cassina, planteó la nulidad del debate por considerar vencidos los plazos legales para juzgarlo. Sin embargo, este argumento fue desestimado por el magistrado en su fallo.
Fuente: Rafaela Noticias
Judicial
Quedó firme la condena a 20 años de prisión a mujer ligada a “Los Monos” por ataques a edificios judiciales
La mujer de confianza de «Guille» Cantero fue condenada por liderar los ataques a edificios judiciales en Rosario. «Ahora doy órdenes», escribió en un mensaje.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a 20 años de prisión contra Lucía Estefanía Uberti, señalada como aliada de la banda narco “Los Monos” y acusada de liderar a un grupo de sicarios que atacó edificios del Poder Judicial en Rosario.
La resolución se conoció luego de que la defensa desistiera del recurso de queja presentado ante el máximo tribunal. “Yo les tenía miedo a los narcos y ahora les doy órdenes a ellos”, llegó a escribir Uberti en un mensaje hallado en su teléfono, según consta en la causa.
Los fiscales sostuvieron que los atentados comenzaron en mayo de 2018 y tuvieron como blanco sedes del Ministerio Público de la Acusación, del Servicio Público de la Defensa Penal y domicilios de funcionarios judiciales y policiales vinculados a investigaciones sobre la familia Cantero. Según la acusación, Ariel “Guille” Cantero, líder de Los Monos, dio órdenes desde la cárcel a través de celulares a distintos lugartenientes, entre ellos Uberti, para organizar los ataques.
El 30 de septiembre de 2021, un tribunal de Rosario condenó a Uberti por amenazas coactivas agravadas, daños calificados y extorsión agravada. La sentencia fue ratificada en 2022 por la Cámara de Apelación y en 2023 por la Corte Suprema de Santa Fe. La defensa llegó hasta la Corte nacional alegando violación al principio de inocencia, pero el pasado 11 de agosto Uberti y su abogada retiraron el recurso.
De esta manera, la mujer de confianza de “Guille” Cantero cumplirá de manera efectiva su pena de 20 años de prisión.
Fuente: NA
Judicial
Condenaron a 21 años de prisión a un hombre que abusó de cinco mujeres en Rafaela, Susana y San Vicente
Un hombre de 44 años fue condenado a 21 años de prisión por haber abusado sexualmente de cinco integrantes de su entorno familiar en Rafaela, Susana y San Vicente (las tres localidades pertenecen al departamento Castellanos). Quienes resultaron víctimas son una mujer que fue pareja del agresor y la hija de ella, así como dos hijas de otra mujer con la que él mantuvo una relación y su propia hija.

La sentencia fue ordenada por un tribunal integrado por los jueces Juan Gabriel Peralta y José Luis Estévez, y por el abogado del foro Carlos Farías Demaldé, como conjuez, en el marco de un juicio oral que se desarrolló en los tribunales de Rafaela.
La fiscal es Favia Burella, de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Fiscalía Regional 5. Tras conocer el veredicto, la funcionaria indicó que “valoramos positivamente que el hombre al que se juzgó haya sido condenado tal como lo solicitamos desde la Fiscalía en la acusación”.
Por su parte, en representación de tres de las víctimas actuó como querellante la doctora Paola Pradolini, del Centro de Asistencia Judicial (CAJ).
Violencia de género
Burella sostuvo que “el condenado cometió los ilícitos en diferentes inmuebles en los que convivió con las víctimas, en claros contextos de violencia de género”.
La fiscal manifestó que “en Rafaela, el hombre de 44 años obligó a una de sus parejas a realizar prácticas sexuales, más allá de la expresa negativa de ella”. Además, planteó que “mientras residían en Susana, abusó de una hija de esa mujer, quien en ese momento era una niña que transitaba los primeros años de la escolaridad primaria”.
Asimismo, la Fiscal relató que “el condenado también vulneró la integridad sexual de dos adolescentes que son hijas de otra de sus parejas”. Según precisó, “se trató de hechos reiterados que tuvieron lugar en viviendas ubicadas en San Vicente y en Rafaela”.
Finalmente, Burella señaló que “en una ocasión, el condenado llevó adelante su accionar delictivo en perjuicio de su propia hija adolescente, con quien compartía una vivienda rafaelina”. En tanto, puntualizó que “cuando trató de abusar nuevamente de ella, la víctima opuso resistencia y logró que cesara la agresión”, y añadió que “su padre le exigió entonces que no hablara con nadie sobre lo sucedido”.
Identidad
Las iniciales del condenado son NLC. Su nombre completo no se brinda para evitar la revictimización de quienes sufrieron los ilícitos.
Fuente: Radio Belgrano de Suardi
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