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Una docente pasó 12 años presa siendo inocente y deberán indemnizarla en Santa Fe

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Una docente que fue condenada a prisión perpetua y pasó 12 años presa acusada de haber asesinado a su esposo en la ciudad de Arequito será indemnizada con siete millones de pesos por daños y perjuicios por la provincia de Santa Fe, luego de comprobarse que era inocente.

Se trata de María Antonia Gauna, quien fue condenada en 2008 a la pena de prisión perpetua pero siguió clamando su inocencia hasta que la Corte Suprema de la provincia hizo revisar el caso en 2016, indicaron hoy voceros judiciales.

Gauna estuvo presa desde que salió del estado de coma, en 2005, ya que cuando mataron a su esposo a puñaladas, el 6 de febrero de ese año, ella fue hallada a su lado en gravísimo estado.

En 2008 la mujer, oriunda de la provincia de Corrientes, fue condenada a prisión perpetua como autora penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el vínculo.

Con esa resolución se dio por cerrado el caso por la muerte del productor agropecuario Omar Carlos Bartorelli, esposo de Gauna, que fue encontrado en el jardín de la casa que compartían con ocho puñaladas y ella a su lado, malherida e inconsciente.

Recién 10 años después estudios médicos demostraron que las heridas que tenía Gauna no pudieron ser autoinflingidas y un médico especialista lo declaró ante la justicia.

Ese punto demostró que la mujer era inocente y que hubo un atacante que no solo asesinó a su esposo, sino que intento hacer lo mismo con ella.

En ese sentido, Gauna acusa a un cuñado de su esposo, que «nunca fue investigado», al que identificó con el apodo «Pirulo».

El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual número 2 de la provincia dictaminó que el Estado provincial deberá resarcir por daños y perjuicios a Gauna, de acuerdo a lo que establece la ley 7.658 de indemnización por sentencia judicial absolutoria.

«Cuando prospere el recurso de revisión, interpuesto en favor de una persona condenada por error judicial excusable, a pena privativa de la libertad o a inhabilitación de cumplimiento efectivo, aquella tiene derecho a reclamar de la Provincia una equitativa indemnización», indica el texto.

En ese sentido, el Tribunal señaló que «la mujer fue privada de su libertad a consecuencia de resoluciones judiciales siendo declarada absuelta casi doce años después por encontrarla la Corte Suprema de Justicia inocente del delito por la que fuera condenada».

A partir de esa resolución, Gauna instruyó a su abogado para que comience las actuaciones que le permitan volver a su casa, recuperar sus bienes y ser reconocida como heredera de su esposo.

En declaraciones a radio Universidad, de Santa Fe, Gauna contó que la noche del crimen los abordó en su casa un hombre encapuchado al que ella reconoció como cuñado de su marido, apodado Pirulo.

«La noche del crimen, volvimos de cenar, me bajé en mi casa y mi marido fue a guardar el auto a una cochera, a una cuadra. Cuando entré a mi casa me encontré con una persona encapuchada con un arma. Cuando me redujo, me di cuenta que era Pirulo, el cuñado de mi marido. El tipo me pedía plata; yo le di lo que tenía”, contó Gauna.

Luego, dijo que al llegar su esposo, el encapuchado les robó dinero, les dio algo de beber y los obligó a acostarse en su cama.

«Este sujeto nos pedía plata porque mi marido había retirado 25 mil pesos del banco días antes. Nos obligó a tomar algo y nos metió en la cama. Yo tomé todo y mi marido no. El sujeto llamó a alguien por celular y le dijo que si en 5 minutos no salía que entren. Yo me dormí y luego desperté en el sanatorio”», añadió la mujer.

Gauna remarcó que «gracias a las pericias científicas se comprobó que yo tenía los dos tendones cortados y era imposible que me lo hubiera hecho sola”.

Respecto del autor del crimen, dijo que “jamás fue investigado el cuñado de mi marido, a pesar de que siempre lo mencioné».

«Este sujeto está en Arequito usurpando mi casa y explotando el campo de mi marido. Este fue el móvil del crimen. La impunidad de este caso es insólita”, concluyó.

Fuente: Telam.

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Policía fue condenado por robarle la tarjeta de débito a un joven con discapacidad y extraer dinero en dos localidades del Departamento Garay

Un efectivo policial de 30 años fue condenado por la Justicia santafesina luego de comprobarse que sustrajo la tarjeta de débito de un joven con discapacidad y la utilizó en dos oportunidades para apropiarse de dinero de su cuenta bancaria.

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Foto: ilustrativa

El acusado, identificado como Miguel Ángel Albarracín, se desempeñaba en la Comisaría Tercera de Santa Rosa de Calchines, localidad ubicada en el departamento Garay, al momento de los hechos.

La sentencia fue dictada en el marco de un juicio oral llevado a cabo en los tribunales de la ciudad de Santa Fe, con la intervención del juez Pablo Busaniche, quien dispuso tres años de prisión en suspenso, inhabilitación por seis años para ejercer cargos públicos y el pago de una multa de 60.000 pesos. La investigación penal fue dirigida por el fiscal Ezequiel Hernández, quien manifestó su disconformidad con la modalidad de cumplimiento de la pena, ya que el Ministerio Público Fiscal había solicitado una condena de ejecución efectiva.

El hecho ocurrió el 9 de abril de 2024, cuando la víctima fue trasladada a la sede policial donde prestaba servicio Albarracín. Mientras era requisado e interrogado por otros efectivos, el imputado aprovechó la situación de vulnerabilidad del joven —quien por su condición de salud requería ayuda para operar su cuenta bancaria— y le sustrajo su tarjeta de débito junto con un papel que contenía las claves de acceso. Esa misma noche, el uniformado se dirigió a un cajero automático cercano y extrajo 10.000 pesos. Al día siguiente, repitió el accionar en la localidad de Cayastá, donde retiró otros 8.000 pesos de la misma cuenta.

De acuerdo con lo expuesto por la Fiscalía, “el joven víctima se encontraba privado de su libertad, en un estado de extrema vulnerabilidad, y fue víctima de una conducta abusiva por parte de quien debía protegerlo”. Además, se remarcó que el accionar de Albarracín “generó temor en el joven, quien ahora desconfía de los agentes del Estado”, y se subrayó el impacto negativo que este caso tuvo en la imagen de la Policía provincial.

La denuncia fue radicada semanas más tarde por la propia víctima en la Unidad Especial de Asuntos Internos de la Policía, lo que dio inicio a la investigación que culminó con la condena de Albarracín, hallado culpable de los delitos de hurto calificado (por su calidad de funcionario policial) y defraudación mediante el uso de tarjeta de débito hurtada, agravada por ánimo de lucro.

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Causa YPF: la Justicia de EE.UU. pide celulares de Luis Caputo y Sergio Massa

La magistrada de Nueva York, Loretta Preska, ordenó entregar los chats de funcionarios y exfuncionarios.

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Foto: El teléfono del ministro de Economía, uno de los que quiere la jueza Preska.

La batalla judicial por la expropiación de YPF en los tribunales de Nueva York sumó un nuevo capítulo de máxima tensión: mientras Argentina presentaba sus argumentos para evitar la entrega de acciones de la petrolera, la jueza Loretta Preska ordenó al país entregar el contenido de las comunicaciones de WhatsApp de funcionarios y exfuncionarios, incluyendo al actual ministro de Economía, Luis Caputo, y a su antecesor, Sergio Massa.

Según supo Noticias Argentinas, la orden se conoció después de que los abogados del Estado argentino presentaban un escrito ante la Corte de Apelaciones para sostener la suspensión del fallo de Preska que obliga a ceder el control de YPF.

En su presentación ante la Cámara de Apelaciones, Argentina advirtió que ejecutar la orden de entrega de las acciones de YPF «causaría un daño irreparable a la República» y «podría desatar un conflicto diplomático significativo» con Estados Unidos.

El escrito, al que tuvo acceso el experto Sebastián Maril, sostiene que la orden de Preska «vulnera la inmunidad de ejecución que protege los bienes de un Estado extranjero» y contradice la ley estadounidense, ya que las acciones de YPF se encuentran en territorio argentino.

Además, el Gobierno remarcó que el interés público se ve favorecido por la suspensión, ya que la ejecución del fallo afectaría a YPF, a sus accionistas y al pueblo argentino. Ahora, la Corte de Apelaciones deberá decidir en los próximos días si mantiene la orden de Preska o si hace lugar al pedido argentino de suspenderla durante todo el proceso de apelación.

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La Justicia ordenó a Facebook eliminar publicaciones que promocionan apuestas clandestinas

La medida cautelar dictada por el Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe reconoce el derecho de Lotería de Santa Fe sobre la marca y obliga a la empresa a eliminar contenidos, monitorear activamente la plataforma y detectar a quienes realizaron esos anuncios.

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En el marco de las acciones iniciadas por la Provincia de Santa Fe contra Meta Platforms Inc. (empresa matriz de Facebook e Instagram), el Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Caja de Asistencia Social – Lotería de Santa Fe, ordenando la eliminación inmediata de todas las publicaciones que utilicen de forma indebida la marca “Quini 6” para redirigir a sitios de juego de azar clandestinos o no autorizados. Esta decisión representa un avance relevante en la lucha contra el juego ilegal y en la defensa institucional de la marca.

La resolución judicial, firmada por el juez Aldo Alurralde, también obliga a la empresa a implementar un monitoreo constante para prevenir nuevas publicaciones de este tipo y a bloquear los medios de pago utilizados por los anunciantes que incurrieron en esa conducta.

Desde Lotería de Santa Fe señalaron que la acción se impulsó a partir de reiteradas denuncias de usuarios que detectaron en redes sociales el uso de la marca “Quini 6” en avisos que dirigían a plataformas ilegales de apuestas, afectando no solo la identidad del producto, sino también la confianza de los apostadores.

Prevención de daños

La resolución se enmarca en una acción preventiva de daños, y se dio lugar a la cautelar tras acreditarse el peligro en la demora y la verosimilitud del derecho invocado por la provincia, que demostró ser titular de la marca registrada “Quini 6” ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI). En sus fundamentos, el fallo destaca el riesgo reputacional derivado de la asociación de la marca con actividades ilícitas y respalda la intervención del Estado provincial para proteger el juego oficial y a sus usuarios.

La medida fue dictada en el marco del expediente “Provincia de Santa Fe c/ Facebook Inc. y otros s/ Marcas – Varios”, y se suma a la denuncia penal presentada por Lotería de Santa Fe ante el Ministerio Público de la Acusación (MPA) contra las páginas que realizan estos anuncios, por presunta violación del artículo 301 bis del Código Penal, referido a la promoción del juego clandestino.

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