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La Corte provincial ordenó juzgar de nuevo a un hombre acusado de abusar de tres sobrinas, que había sido absuelto en dos casos

Los ministros del máximo tribunal santafesino sostuvieron que “la sentencia impugnada es producto de una valoración parcializada y aislada de determinada prueba rendida en el juicio”

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El investigado es un hombre identificado como Javier Enrique Navarro que fue condenado a nueve años de prisión por vulnerar la integridad sexual de una de las niñas y absuelto por el beneficio de la duda en relación a las otras dos víctimas.

La Corte Suprema de Justicia de la provincia anuló una resolución de segunda instancia y ordenó juzgar de nuevo a un hombre que fue absuelto por haber abusado sexualmente de dos de sus sobrinas menores de edad en Cañada del Ucle (departamento General López).

Se trata de Javier Enrique Navarro, de 31 años, quien fue condenado a nueve años de prisión por vulnerar la integridad sexual de otra niña que es hermana de estas víctimas.

La decisión fue tomada por unanimidad por los ministros Rafael Gutiérrez (presidente), Daniel Erbetta, Mario Netri y Eduardo Spuler.

El caso llegó a la Corte provincial a partir de un recurso de queja interpuesto por el Fiscal Regional de Venado Tuerto, Matías Merlo, luego de que el tribunal de segunda instancia que resolvió en el caso le rechazó un recurso de inconstitucionalidad.

Estándares internacionales

La Corte cuestionó la “falta de fundamentación” de las resoluciones de primera y de segunda instancia, respectivamente. En ambas oportunidades, Navarro fue absuelto por el beneficio de la duda de los delitos que el MPA le atribuyó haber cometido en perjuicio de dos víctimas.

“La sentencia impugnada es producto de una valoración parcializada y aislada de determinada prueba rendida en el juicio, desprovista de un análisis armónico e integral y de una interpretación conforme a los estándares internacionales aplicables a estos supuestos”, afirmó la Corte al referir a lo resuelto por el tribunal de Apelación.

Los ministros del máximo tribunal provincial también afirmaron que quienes juzgaron previamente a Navarro desatendieron “pautas convencionales -especialmente emanadas de la Convención sobre los Derechos del Niño y de la Convención de Belém do Pará- y decisiones de organismos internacionales que protegen los derechos de las mujeres -en el caso, de niñas- en materia de violencia sexual”.

Asimismo, se planteó que hubo “un arbitrario apartamiento de las reglas de la sana crítica racional”, dado que se omitió la “confrontación crítica” de las declaraciones en cámara Gesell brindadas por las víctimas y el resto de los elementos probatorios reunidos.

Por su parte, el Fiscal Regional Merlo destacó que “la Corte avaló nuestro planteo en materia de perspectiva de género y de interés superior de las niñas, niños y adolescentes que presenta la resolución que impugnamos”. En tal sentido, aseguró que “según lo dispuesto, el nuevo tribunal deberá acatar la normativa internacional incorporada a la Constitución Nacional a través del artículo 75 inciso 22”.

Abusos

En noviembre de 2020, Navarro fue condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal -cometido en perjuicio de una de sus sobrinas. Asimismo, fue absuelto por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante -en contra de las otras dos- y de corrupción de menores agravada -en relación a una de esas víctimas.

La Fiscalía indicó que el hombre de 31 años atacó a cada una de las niñas en reiteradas oportunidades en una vivienda de la localidad de Cañada del Ucle. De acuerdo con lo expuesto, dos de las víctimas tenían edad para ir al jardín de infantes y la tercera transitaba el primer tramo de la escuela primaria cuando ocurrieron los hechos investigados.

Fuente: L. T. 9.

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Piden 15 años de prisión para el acusado de matar de un escopetazo a un mecánico en Rafaela

La Fiscalía de Rafaela solicitó una pena de 15 años de cárcel para un hombre de 75 años acusado de asesinar de un disparo a un mecánico en octubre de 2024.

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Foto: ilustrativa de archivo

El caso avanzó formalmente hacia juicio oral tras la audiencia preliminar realizada en los tribunales rafaelinos.

El fiscal de Homicidios de la Fiscalía Regional 5, Martín Castellano, confirmó que la acusación apunta contra un hombre identificado con las iniciales FRR, señalado como autor del homicidio de Oscar Helvio Feulién.

Cómo ocurrió el crimen en Rafaela

Según la investigación judicial, el hecho ocurrió el 2 de octubre de 2024 por la tarde en un predio ubicado sobre calle Ángela de la Casa al 400, en la ciudad de Rafaela.

De acuerdo con la Fiscalía, en el lugar funcionaba un negocio de compra y venta de autos usados administrado por el acusado, quien además residía allí.

El fiscal sostuvo que la víctima trabajaba como mecánico y había mantenido un vínculo laboral previo con el imputado. Ese día, Feulién habría concurrido al lugar junto a otras personas para retirar autopartes y elementos personales que permanecían en el predio.

El disparo con una escopeta

La acusación indica que una familiar de la víctima permitió el ingreso al terreno y, mientras Feulién y sus acompañantes entraban, el acusado salió de su vivienda portando una escopeta calibre 16.

Siempre según la reconstrucción del Ministerio Público de la Acusación, el hombre comenzó a increpar al mecánico y a quienes lo acompañaban, acusándolos de haber robado herramientas.

Instantes después, habría efectuado un disparo a corta distancia contra Feulién, impactándolo en el tórax.

La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Jaime Ferré, donde falleció horas más tarde como consecuencia de las heridas sufridas.

La causa irá a juicio oral

Tras la audiencia preliminar, el juez Nicolás Stegmayer admitió la acusación presentada por la Fiscalía y ahora deberá dictar el auto de apertura a juicio.

Posteriormente, la Oficina de Gestión Judicial definirá el tribunal encargado del debate oral y establecerá la fecha de inicio del juicio.

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Reforma laboral: la Justicia rechazó una demanda millonaria de un médico monotributista

Un fallo de la Justicia laboral de Mendoza aplicó por primera vez aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por la Ley de Bases y rechazó una demanda por más de $150 millones presentada por un médico que reclamaba el reconocimiento de una relación de dependencia.

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Foto: Ilustrativa

La sentencia fue dictada por la Primera Cámara del Trabajo de San Rafael en la causa iniciada por un profesional contra un hospital privado, donde el demandante sostenía haber trabajado bajo relación laboral exclusiva realizando guardias y tareas de coordinación médica.

Sin embargo, el tribunal concluyó que existía una locación de servicios de carácter civil y no un vínculo laboral formal.

La reforma laboral y los monotributistas

El fallo se convirtió en uno de los primeros antecedentes judiciales que aplican la nueva redacción de la legislación laboral respecto a profesionales que facturan como monotributistas.

La normativa establece que la presunción automática de relación laboral no se aplica cuando:

  • Se trata de servicios profesionales
  • Existen facturas o recibos emitidos regularmente
  • El prestador conserva autonomía organizativa y económica

Por qué la Justicia rechazó la relación de dependencia

Durante el juicio, el hospital logró acreditar distintos elementos que, según los jueces, demostraron la independencia profesional del médico.

Entre los principales puntos destacados en la sentencia figuran:

  • No existía subordinación técnica ni organizativa
  • Los médicos organizaban sus propias guardias
  • Podían acordar reemplazos sin autorización del hospital
  • No había control horario ni fichado
  • El profesional emitía facturas por montos variables
  • También trabajaba en otros consultorios y clínicas

Además, el tribunal señaló que el hospital no ejercía poder disciplinario sobre el profesional, un aspecto considerado clave para descartar una relación laboral.

Debate por los intereses y la nueva ley

Aunque la demanda fue rechazada, los magistrados también analizaron cómo debían calcularse los intereses según la nueva Ley de Modernización Laboral.

La discusión se centró en si correspondía aplicar retroactivamente el nuevo sistema de actualización previsto por la normativa nacional.

La mayoría del tribunal resolvió utilizar la fórmula establecida por la nueva ley desde la fecha de mora, mientras que uno de los jueces sostuvo que debía aplicarse por tramos y solo desde la entrada en vigencia de la reforma.

Finalmente, prevaleció el criterio de aplicación integral.

Qué impacto puede tener el fallo

Especialistas en derecho laboral consideran que la sentencia podría convertirse en un antecedente relevante para empresas y profesionales independientes.

El fallo refuerza la necesidad de:

  • Mantener facturación regular
  • Evitar controles típicos de empleados
  • No aplicar sanciones disciplinarias
  • Garantizar autonomía en horarios y organización

La resolución aparece en un contexto donde la reforma laboral busca redefinir los límites entre trabajo autónomo y relación de dependencia, especialmente en actividades profesionales.

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Judicial

Detuvieron a un hombre en Esperanza acusado de abuso sexual y amenazas con un arma

Un hombre de 29 años quedó en prisión preventiva en la ciudad de Esperanza, acusado de cometer graves delitos sexuales contra dos mujeres en un descampado de la zona norte de la ciudad.

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Foto: Ilustrativa

La medida fue ordenada por el juez Nicolás Falkenberg tras una audiencia encabezada por el fiscal Alejandro Benítez.

La investigación está a cargo de la Agencia de Investigaciones sobre Trata de Personas y Violencia de Género, con colaboración del Grupo de Acción Táctica.

El operativo y los elementos secuestrados

El acusado, identificado por sus iniciales como Sebastián S. Z., fue detenido en una vivienda ubicada sobre calle Bolivia al 100, en el departamento Las Colonias.

Durante el procedimiento, los agentes secuestraron un automóvil Volkswagen Polo, presuntamente utilizado durante el hecho investigado, y un rifle de aire comprimido calibre 4.5.

Cómo ocurrió el hecho investigado

De acuerdo con la reconstrucción realizada por la Fiscalía, el episodio ocurrió durante la madrugada del sábado 2 de mayo.

Según detalló el fiscal, el imputado circulaba por la ciudad acompañado por otro hombre de su entorno. En inmediaciones de calle Amado Aufranc y Ruta Provincial 6, ambos habrían tomado contacto con dos trabajadoras sexuales que luego subieron al vehículo.

Posteriormente, el automóvil se dirigió hacia un descampado ubicado en la zona norte de Esperanza.

La acusación de la Fiscalía

Siempre según la investigación judicial, una vez en el lugar el acusado habría amenazado a una de las mujeres con un arma y cometido un abuso sexual.

Además, la Fiscalía sostiene que también obligó a la segunda víctima a mantener un acto sexual con el otro hombre que viajaba en el vehículo.

Las mujeres lograron escapar del lugar y denunciar lo ocurrido ante las autoridades.

Prisión preventiva para el acusado

Tras analizar las evidencias reunidas en la causa, el juez dispuso la prisión preventiva del imputado mientras avanza la investigación.

La calificación penal incluye delitos de abuso sexual con acceso carnal y otros cargos vinculados a las amenazas y coerción ejercidas sobre las víctimas.

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