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Judicial

Piden prisión preventiva para L-Gante

La fiscal de la causa considera que el cantante podría obstruir la investigación. Está imputado por amenazas y privación ilegal de la libertad de dos personas.

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Foto ilustrativa de Internet

La fiscal Alejandra Rodríguez que interviene en la causa por amenazas y privación ilegal de la libertad de dos personas por la que fue detenido Elián Ángel Valenzuela, conocido como L-Gante, pedirá la prisión preventiva del cantante al considerar que puede obstuitr la investigación.

L-Gante fue trasladado este jueves a la mañana hacia la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 9 de General Rodríguez, donde espera para ser indagado.

Al cantante se le imputan los delitos de “secuestro agravado por el uso de arma de fuego y amenazas coactivas” por los que podría recibir una pena entre 5 y 20 años de prisión.

La fiscal pediría la prisión preventiva para que L-Gante “no entorpezca la investigación porque tiene los medios y el poder económico para hacerlo, y controla a casi la totalidad de los vecinos del barrio”, sostuvo Diego Gabriele en C5N.

Según el periodista, ayer “la familia de L-Gante se reunió con Rosa, la mujer de 53 años que es testigo clave porque estaba en la camioneta en la cual el denunciante fue secuestrado y es por quien inicia todo, porque le piden a ‘La Mafilia’ que dejen de hacer maniobras peligrosas porque casi la atropellan”.

Además, Gabriele agregó que el cantante «puede fugarse» debido a la cantidad de años de prisión que le podrían dar.

L-Gante fue detenido el martes en un country del partido bonaerense de Moreno acusado de haber amenazado y privado de la libertad en mayo pasado a un joven tras una pelea a la salida de un boliche en General Rodríguez.

Con las pruebas reunidas tras los allanamientos, la fiscalía solicitó la detención de Valenzuela ante el Juzgado de Garantías 2, a cargo del juez Gabriel Castro, y el cantante fue alojado en una celda de la Dirección Departamental de Investigaciones (DDI) de Quilmes.

Los detalles de la acusación a L-Gante

La investigación se inició el 27 de mayo tras una denuncia de un joven, identificado como Gastón Torres, vecino de la familia del artista que reside en el barrio Bicentenario de General Rodríguez.

En esa ocasión, el denunciante dijo ante la fiscal Rodríguez que, a la salida de un boliche hubo un incidente con varios jóvenes integrantes de la denominada banda «La Maflia», el grupo de amigos y músicos al que pertenece L-Gante.

Según las fuentes, minutos después estas personas fueron hasta su domicilio y lo agredieron físicamente tanto a él como a su familia.

A raíz de ello, miembros de la Guardia Urbana de Protección Ciudadana del Municipio de General Rodríguez llegaron al lugar para separar e identificar a los agresores.

De acuerdo a la acusación, luego L-Gante lo amenazó e intimidó con un arma de fuego y lo obligó a subir a un auto junto con otra víctima.

Según la denuncia, el cantante privó ilegítimamente de la libertad a las víctimas para que hablen con el fin de que no detengan a su «gente», refiriéndose a los integrantes de la «cumbia 420».

«Liberame a los pibes o al que llevo acá atrás lo hago boleta”, hhabría dicho L-Gante y luego habría agregado: «Llamá a alguien para que liberen a mi gente o te hago boleta, te voy a matar a tu familia”.

A modo de pruebas, las cámaras de seguridad coinciden con lo denunciado por la víctima.

Fuente: Minuto Uno

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Una rafaelina, primera condenada bajo el nuevo sistema penal federal en Santa Fe

Valeria fue sentenciada a 4 años de prisión domiciliaria por transportar droga. La Justicia reconoció su extrema vulnerabilidad, pero consideró que eso no la eximía de responsabilidad penal. El fallo expone la cruda intersección entre marginalidad, género y delito.

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Foto: Una rafaelina, primera condenada bajo el nuevo sistema penal federal en Santa Fe

La primera condena que deja el nuevo Código Procesal Penal Federal en Santa Fe tiene rostro local: una mujer oriunda de Rafaela fue sentenciada a cuatro años de prisión por trasladar casi medio kilo de cocaína. Pero lo que más resonó en la sala de audiencias no fue el peso de la droga, sino el de una vida atravesada por abandono, pobreza, prostitución y violencia.

La causa tuvo su punto de partida en noviembre del año pasado, cuando Gendarmería Nacional interceptó un remís que viajaba de Rafaela a Santa Fe y encontró, en la mochila de la pasajera, un ladrillo de cocaína. El juicio se realizó a fines de abril y culminó el 6 de mayo con una condena que, aunque firme, reconoció matices: los jueces valoraron el contexto de desigualdad en el que se desenvolvió la mujer para aplicar la pena mínima y permitir que la cumpla bajo modalidad domiciliaria.

Durante el proceso declararon familiares y profesionales de la salud, quienes reconstruyeron una historia marcada por la exclusión estructural. La acusada, madre de tres hijos, vivía en un asentamiento de Rafaela tras haber escapado de episodios de violencia en el Chaco. Se había sostenido económicamente mediante oficios precarios y el ejercicio de la prostitución. Para el fiscal, sin embargo, ese trasfondo no justificaba el delito. El tribunal coincidió en parte: si bien rechazó la absolución pedida por la defensa, hizo lugar a la perspectiva de género y al compromiso del Estado con los derechos humanos para dictar una sentencia atenuada.

El fallo no solo inaugura el sistema acusatorio federal en la provincia con una condena, sino que deja planteado un debate incómodo pero urgente: ¿qué hacemos con quienes delinquen desde la orilla más empobrecida de la sociedad? ¿Hasta dónde llega la responsabilidad penal individual cuando el Estado llega tarde —o no llega— en todo lo demás?

La rafaelina cumplirá su condena en su domicilio, acompañando a su hija menor. Así lo resolvieron también para evitar que el castigo a la madre recaiga indirectamente sobre la niña, como advirtió el asesor de menores que intervino en el juicio.

Una sentencia, sí. Pero también un espejo social.

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Rafaela: Lo condenaron a 28 años de prisión por un homicidio y abuso sexual

Un hombre de 34 años identificado como Iván Alejandro Belizán fue condenado a 28 años de prisión por la autoría del homicidio de Julio Ramón Funes cometido en marzo de 2020 en Rafaela. Además, Belizán fue condenado por abusos sexuales reiterados que cometió entre 2008 y 2016 en perjuicio de una niña de su entorno familiar.

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Foto: Ilustrativa

La sentencia fue impuesta por unanimidad por un tribunal integrado por el juez José Luis Estévez y los conjueces Sergio Beceyro y Cecilia Álamo en el marco de un juicio oral que se llevó a cabo en los Tribunales rafaelinos.

Luego de conocerse la sentencia del tribunal, el fiscal Martín Castellanos, expresó su conformidad con la decisión de los magistrados. “Si bien aún no conocemos los fundamentos del tribunal, valoramos que se haya condenado a Belizán y que los jueces hayan tomado su decisión por unanimidad”, manifestó Castellano.

Con una pala

Castellano recordó cómo fue el homicidio. “En marzo de 2020, y luego de una discusión que tuvieron Belizán y Funes en una casa ubicada en calle Soldano al 1.300, el condenado golpeó violentamente a la víctima en la cabeza con una pala de hierro”, precisó el fiscal. “Tal como demostramos en el debate oral, Belizán actuó con clara intención y voluntad de causar la muerte de Funes en virtud del conocimiento que tenía de la lesividad del elemento que eligió para atacarlo”, sostuvo.

El fiscal relató que “luego de matar a Funes, trasladó el cadáver a un galpón ubicado en el fondo de la vivienda en la que estaban, donde le prendió fuego, con la clara intención de eliminar todo tipo de evidencia que lo involucrara en el homicidio”

Abuso sexual

En relación con los delitos contra la integridad sexual, Castellano manifestó que “desde 2008 y hasta 2016, el condenado abusó sexualmente de manera reiterada y en un número indeterminado de veces de una niña de su entorno familiar que, en esa época, transitaba su escolaridad primaria”.

“Los ilícitos fueron cometidos en la casa que la niña compartía con su madre, y luego en el propio domicilio del condenado, ambos en la ciudad de Rafaela”, detalló Castellano.

El fiscal concluyó que “los actos desplegados por Belizán en perjuicio de la niña tuvieron entidad y capacidad suficiente para vulnerar el desarrollo libre y progresivo de su sexualidad y eran concretados a través de intimidaciones, ya que el hombre condenado le manifestaba a la víctima que si contaba a alguien lo ocurrido no le creerían y la tratarían de mentirosa”.

Hermana del condenado

Durante el debate oral también se juzgó a la hermana del hombre condenado. “Acusamos a la mujer de ser partícipe secundaria del homicidio que cometió Belizán”, dijo Castellano, quien añadió que “el Tribunal consideró que no había sido una participación secundaria, sino un encubrimiento”. El fiscal agregó que “en virtud de lo dispuesto en el Código Penal, la mujer fue absuelta por el parentesco que mantiene con él”.

Condena

Belizán fue condenado como autor de los delitos de homicidio doloso; abuso sexual; abuso sexual agravado (por haber mediado acceso carnal a menor de 13 años y mediando uso coactivo reiterado) y promoción de la corrupción de menores.

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Caso Spaggiari: confirman prisión preventiva y actualizan el monto de la millonaria estafa

Este lunes por la mañana, en una audiencia realizada en los Tribunales de Rafaela vía Zoom y presidida por el juez Gustavo Bumaguin, se conocieron nuevas novedades en la causa que investiga la millonaria estafa atribuida al denominado «Grupo Spaggiari».

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Foto: confirman prisión preventiva y actualizan el monto de la millonaria estafa en el Caso Spaggiari

Durante la mañana de este lunes se llevó a cabo una audiencia en los Tribunales de Rafaela, en el marco de la causa que investiga la megainversión fraudulenta atribuida al denominado «Grupo Spaggiari». La misma fue presidida por el juez de la Investigación Penal Preparatoria, Dr. Gustavo Bumaguin, con la presencia de algunas partes de manera presencial y otras conectadas vía Zoom.

En el desarrollo de la audiencia, el fiscal Guillermo Loyola amplió detalles de imputaciones anteriores e incorporó la denuncia de ocho nuevas víctimas. Con estas sumas, el número total de damnificados asciende ahora a 560, mientras que el perjuicio económico acumulado supera los 9.800 millones de pesos.

Loyola también corrigió algunos aspectos formales de imputaciones ya presentadas, sin alterar sustancialmente los hechos, y sumó nuevas acusaciones correspondientes a entregas de dinero que se habrían realizado entre 2021 y 2022. Tras la ampliación de imputaciones, el fiscal reiteró la calificación para los hermanos Fernando y Matías Spaggiari como presuntos jefes de una asociación ilícita y coautores de más de mil estafas reiteradas. Por su parte, Mirta Ofelia Condotto, junto a otros imputados, fue sindicada como miembro de la misma asociación y coautora de los delitos de estafa.

Posteriormente, los abogados defensores José María Silvela y Andrés Colón solicitaron el cese de la prisión preventiva para sus clientes, alegando que el tiempo transcurrido desde la detención —casi un año y medio— hacía perder proporcionalidad a la medida. Además, argumentaron que no existiría riesgo de fuga ni de entorpecimiento de la investigación, pese a que surgieron elementos que indican la existencia de fondos en el exterior.

El planteo fue rechazado tanto por el fiscal como por los representantes de los querellantes, quienes sostuvieron que la magnitud de los hechos, la cantidad de víctimas y el enorme daño económico justificaban plenamente la continuidad de la medida de detención.

Finalmente, tras escuchar los argumentos de todas las partes, el juez Gustavo Bumaguin resolvió mantener las prisiones preventivas: efectiva para Fernando y Matías Spaggiari en la cárcel de Coronda, y domiciliaria para Mirta Ofelia Condotto.

De acuerdo con lo informado por el Ministerio Público de la Acusación, parte de los fondos investigados estarían depositados en cuentas bancarias radicadas en las Islas Bermudas.

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