Judicial
Ocho Policías de Sunchales: Terminó la audiencia de apelación y ¿ahora?
»Buscan justificar la violencia por los antecedentes de las víctimas» Así lo manifestó la Fiscal del caso Lorena Koraquis, quien solicitó la continuidad de la prisión preventiva, mientras que desde la defensa ofrecieron diferentes alternativas para poder lograr la libertad de los acusados.
Ante una sala colmada de familiares de los acusados, el Juez de Segunda Instancia Juan Manuel Oliva fue quien presidió la audiencia de apelación llevada a cabo esta mañana, la cual se extendió por más de 5 horas.
En la misma cada una de las partes, Ministerio Publico de la Acusación y abogados defensores manifestaron sus argumentos para dar continuidad a la resolución por la cual cumplen prisión preventiva los efectivos, y por otro lado desestimar dicha medida y que recuperen la libertad.
Los 8 policías que brindaban servicio en la Comisaría 3 de Sunchales, acusados de «Torturas» – siete de ellos- y «Encubrimiento Agravado»- el jefe de la dependencia, cumplen con prisión preventiva y sus abogados presentaron diferentes alternativas para que recuperen su libertad.
Los hechos según la Defensa:
Los abogados de los policías en todo momento hicieron hincapié en las contradicciones que hubo en los relatos de los dos testigos, Juan Manuel F. y Anahí Rosario P. La Defensa aseguró que estas dos personas tuvieron la posibilidad de ponerse de acuerdo en parte de sus testimonios, que además no reconocieron el palo – que no se encontró- utilizado para la tortura, como tampoco la bolsa que le colocaron en la cabeza a uno de los hermanos. Los abogados, agregaron que cuando ocurrieron los supuestos hechos de tortura denunciados, la mujer estaba en una celda sin posibilidades de ver lo que sucedía con los detenidos, los cuales se hallaban dentro de una cocina. Agregando que la lesión grave que sufrió Juan Darío C. fue autoproducida. Arrojándose el mismo detenido, por sus propios medios, contra el ventanal de la comisaría y lesionándose. Una acción de autoflagelación «muy común», según la Defensa, en los sujetos que resultan aprehendidos.
Siguiendo esta versión de los hechos, los Doctores apelaron la decisión de la juez de Primera Instancia, Cristina Fortunato, por la cual los acusados se encuentran cumpliendo prisión preventiva.
Dentro de los argumentos de los defensores se destaca el análisis que estos hicieron de la sentencia:
Para la parte defensora, la Jueza en su resolución explica que la evidencia debe ser analizada en base a tratados internacionales de violencia institucional, no siendo imparcial, ya que realiza un pre-juzgamiento sin analizar objetivamente las pruebas. Además, según la defensa, si lo que se debería tener en cuenta es la comisión de los Derechos Humanos y en caso de duda en los hechos, ésta siempre debe ser favorable a los imputados en cualquier etapa del proceso.
En otro de sus argumentos, los doctores expresaron que la Jueza equivoca el motivo por el cual, esa madrugada-noche, los efectivos allanaron la vivienda. Según la magistrada los acusados, planearon el allanamiento con el objetivo de llevar a cabo los hechos. Con respecto a esto manifestaron que hubo una orden de allanamiento, ya que los hermanos habían robado y luego habían sido partícipes de una balacera. Para la defensa lejos está esto de ser un plan para averiguar el paradero de la motocicleta robada a un efectivo policial, ya que el operativo contaba con la orden del fiscal.
Sumado a esto, explicaron que la Jueza no tuvo en cuenta, o desestimó al menos, todas las opciones de autolesión de la supuesta víctima, como así tampoco pudo ver las inconsistencias entre las declaraciones de los testigos del hecho. Además, hicieron especial hincapié en que las dos supuestas víctimas del hecho, uno tiene 14 y el otro 7 antecedentes condenatorios.
Un punto aparte fue para las dos mujeres acusadas, ya que la defensa explicó que, si bien se tiene en cuenta la cuestión de género y el ser tratadas de igual a igual con los demás acusados, la situación debe analizarse de manera diferente ya que ambas cuentan con hijos menores de edad y no es lo mismo que en una familia falte un padre que lo haga una madre. Debe priorizarse el derecho de los niños.
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''Buscan justificar la violencia por los…</p>Publicado por <a href=»https://www.facebook.com/movilquique/»>www.movilquique.com.ar</a> en <a href=»https://developers.facebook.com/movilquique/posts/541547063152532″>Viernes, 28 de febrero de 2020</a></blockquote></div> {/source}
NO HAY RIESGOS PROCESALES:
Así lo manifestaron desde la defensa, debido a que los acusados cuentan con arraigo, cada uno tiene a su familia, y deberían esperar un juicio en libertad, debido a las inconsistencias de las pruebas.
También manifestaron que los acusados ya no pueden entorpecer las pruebas porque víctimas y testigos prestaron declaración a los pocos días de lo sucedido. “Todos nuestros defendidos tienen carreras intachables, y del otro lado estamos hablando de personas que se dedican a estar fuera de la ley, sumando una gran cantidad de delitos cada uno, y que se sienten perjudicados por la Policía”, manifestaron.
En otra parte de los argumentos, desde la defensa mantuvieron que la Jueza no argumentó porque no dio lugar a las prisiones domiciliarias, y que no están probados los hechos, como así tampoco que la testigo del hecho esté diciendo la verdad, ya que es amiga de las víctimas, y hasta ha participado de algunos hechos ilícitos en conjunto.
Por ultimo uno de los defensores esbozó la teoría del suicidio, ya que, según sus dichos, una de las víctimas hace algún tiempo lo había intentado en dos oportunidades.
“La jueza de Primera Instancia adquirió un relato de manera acrítica, un relato que no fue”, explicó Nestor Oroño, el último de los defensores en tomar la palabra, quien además agregó que en este caso se banalizó el delito de tortura.
“Me sorprende que estos dos sujetos sean intimidables por los antecedentes que tienen y la relación para con la Policía, en todo caso ya se les tomó declaración”, cerró Nestor Oroño.
Tutela de familiares, cauciones reales o patrimoniales y la obligación de firmar en dependencias judiciales fueron algunas de las medidas ofrecidas por los abogados defensores, para que sus defendidos recuperen la libertad.
FISCALÍA:
Por parte del Ministerio Público de la Acusación, la Fiscal, Lorena Koraquis, solicitó la continuidad de la prisión preventiva, y expresó: “Como tercera persona imparcial, la Juez escuchó los argumentos y se convenció por la versión de la Fiscalía”.
Para la fiscal, los policías actuaron en una progresión delictiva, y la Juez tuvo en cuenta la integridad física y psíquica de quienes se encontraban privados de su libertad en ese momento. Koraquis además manifestó que los acusados actuaron en conjunto generando actos de tortura, apremios y vejaciones.
Pero el argumento principal de la Fiscal, es el aviso de uno de los Policías a otro, que no se encontraba de turno para que valla a la Comisaría ya que tenían a quien le había robado la moto. La versión de esta parte dice que los efectivos actuaron como una estructura organizada con el objetivo de conseguir información acerca de la motocicleta robada a uno de los efectivos. “Con el allanamiento y la detención aprovecharon para llevar adelante su plan y torturar a uno de ellos para que “cante” lo que sabía sobre la motocicleta. Todos los efectivos estaban abocados a obtener información”, expresó la Fiscal.
“Usted no mire y le pegaban cachetadas, también le bajaron los pantalones e insinuaban con violarlo y hasta llegaron a ponerle una bolsa en la cabeza para asfixiarlo”, comentó la Dra. Ya haciendo referencia a los apremios. Arrodillado en el piso, manos atadas atrás con precintos y frases como “te gusta robarle a la policía”, fue otra parte del relato desde fiscalía.
Finalmente, la Fiscal Cerró: “Se puso loco y se tiró contra la ventana, también plantearon la teoría del suicidio, ¿Cómo podemos pensar que el joven podría quitarse la vida en esas condiciones?, es poco probable incluso a nivel mundial. La defensa parece justificar la violencia por los antecedentes de las víctimas”
Por todo eso Fiscalía solicitó la continuidad de la prisión preventiva para los 8 acusados.
Luego de esta audiencia la última palabra la tendrá el Juez de Segunda Instancia, Juan Manuel Oliva, quien dará a conocer su fallo en el plazo establecido por ley.
Fuente y Foto del Juez: Rafaela Noticias
Judicial
Causa Vialidad: qué bienes de Cristina Kirchner y su familia podrá ejecutar la Justicia
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos presentados por Cristina Kirchner, Máximo y Florencia Kirchner y dejó firme el avance del decomiso millonario en la causa Vialidad.
La Justicia podrá avanzar con tasaciones y posibles remates de propiedades vinculadas a la familia.
La Justicia quedó habilitada para avanzar con la ejecución de bienes de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y de sus hijos, Máximo Kirchner y Florencia Kirchner, en el marco de la causa Vialidad.
La medida se conoció luego de que la Cámara Federal de Casación Penal rechazara los recursos extraordinarios presentados por las defensas, ratificando así el avance del decomiso patrimonial dispuesto por el Tribunal Oral Federal N° 2.
El decomiso supera los $684 mil millones
Según trascendió, el monto actualizado del decomiso asciende a más de $684.990 millones, cifra que surge tras nuevas pericias contables realizadas por organismos oficiales y el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema.
Originalmente, la sentencia había fijado un decomiso superior a los $84.835 millones, pero posteriormente el monto fue recalculado y actualizado.
Al no cumplirse con el pago exigido por la Justicia, quedó habilitado el proceso de ejecución sobre distintos activos y propiedades vinculadas a los condenados.
Qué bienes podrían ser ejecutados
Entre los inmuebles alcanzados por la medida judicial figuran propiedades ubicadas en El Calafate y Río Gallegos.
El listado incluye:
- Un inmueble sobre Avenida 17 de Octubre al 800, en El Calafate
- Diez unidades inmobiliarias ubicadas sobre calle Mitre al 500, en Río Gallegos
- Una propiedad en 25 de Mayo al 200
- Un inmueble sobre avenida Presidente Néstor Kirchner al 400
- Terrenos adquiridos en El Calafate entre 2007 y 2008
- El predio donde funciona el complejo hotelero Los Sauces Casa Patagónica
- Parcelas anexadas posteriormente al emprendimiento
- Dos propiedades de gran superficie en el departamento Lago Argentino
La resolución también alcanza bienes que habían sido cedidos a Máximo y Florencia Kirchner.
Qué puede pasar ahora
Con la decisión judicial, el Estado podrá avanzar con:
- Tasaciones oficiales
- Administración de activos
- Embargos
- Posibles remates públicos
La única instancia que le queda a la defensa es recurrir mediante una queja directa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Sin embargo, esa presentación no frena automáticamente el avance del proceso de ejecución patrimonial.
Qué dijo la Justicia sobre los bienes cedidos
Los jueces también rechazaron el argumento de la defensa respecto a que parte de las propiedades pertenecían legalmente a Máximo y Florencia Kirchner por herencia o cesiones previas.
Según la resolución, existe una “coincidencia temporal y vinculación económica” entre los hechos investigados y el crecimiento del patrimonio familiar, por lo que los traspasos gratuitos no impiden el decomiso dispuesto en la sentencia.
La decisión consolida así la etapa de recupero patrimonial en la causa Vialidad y habilita nuevas medidas judiciales para intentar cubrir el monto millonario fijado por la condena.
Con información de Cadena 3
Judicial
Piden 15 años de prisión para el acusado de matar de un escopetazo a un mecánico en Rafaela
La Fiscalía de Rafaela solicitó una pena de 15 años de cárcel para un hombre de 75 años acusado de asesinar de un disparo a un mecánico en octubre de 2024.
El caso avanzó formalmente hacia juicio oral tras la audiencia preliminar realizada en los tribunales rafaelinos.
El fiscal de Homicidios de la Fiscalía Regional 5, Martín Castellano, confirmó que la acusación apunta contra un hombre identificado con las iniciales FRR, señalado como autor del homicidio de Oscar Helvio Feulién.
Cómo ocurrió el crimen en Rafaela
Según la investigación judicial, el hecho ocurrió el 2 de octubre de 2024 por la tarde en un predio ubicado sobre calle Ángela de la Casa al 400, en la ciudad de Rafaela.
De acuerdo con la Fiscalía, en el lugar funcionaba un negocio de compra y venta de autos usados administrado por el acusado, quien además residía allí.
El fiscal sostuvo que la víctima trabajaba como mecánico y había mantenido un vínculo laboral previo con el imputado. Ese día, Feulién habría concurrido al lugar junto a otras personas para retirar autopartes y elementos personales que permanecían en el predio.
El disparo con una escopeta
La acusación indica que una familiar de la víctima permitió el ingreso al terreno y, mientras Feulién y sus acompañantes entraban, el acusado salió de su vivienda portando una escopeta calibre 16.
Siempre según la reconstrucción del Ministerio Público de la Acusación, el hombre comenzó a increpar al mecánico y a quienes lo acompañaban, acusándolos de haber robado herramientas.
Instantes después, habría efectuado un disparo a corta distancia contra Feulién, impactándolo en el tórax.
La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Jaime Ferré, donde falleció horas más tarde como consecuencia de las heridas sufridas.
La causa irá a juicio oral
Tras la audiencia preliminar, el juez Nicolás Stegmayer admitió la acusación presentada por la Fiscalía y ahora deberá dictar el auto de apertura a juicio.
Posteriormente, la Oficina de Gestión Judicial definirá el tribunal encargado del debate oral y establecerá la fecha de inicio del juicio.
Con información de Rafaela Informa
Judicial
Reforma laboral: la Justicia rechazó una demanda millonaria de un médico monotributista
Un fallo de la Justicia laboral de Mendoza aplicó por primera vez aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por la Ley de Bases y rechazó una demanda por más de $150 millones presentada por un médico que reclamaba el reconocimiento de una relación de dependencia.
La sentencia fue dictada por la Primera Cámara del Trabajo de San Rafael en la causa iniciada por un profesional contra un hospital privado, donde el demandante sostenía haber trabajado bajo relación laboral exclusiva realizando guardias y tareas de coordinación médica.
Sin embargo, el tribunal concluyó que existía una locación de servicios de carácter civil y no un vínculo laboral formal.
La reforma laboral y los monotributistas
El fallo se convirtió en uno de los primeros antecedentes judiciales que aplican la nueva redacción de la legislación laboral respecto a profesionales que facturan como monotributistas.
La normativa establece que la presunción automática de relación laboral no se aplica cuando:
- Se trata de servicios profesionales
- Existen facturas o recibos emitidos regularmente
- El prestador conserva autonomía organizativa y económica
Por qué la Justicia rechazó la relación de dependencia
Durante el juicio, el hospital logró acreditar distintos elementos que, según los jueces, demostraron la independencia profesional del médico.
Entre los principales puntos destacados en la sentencia figuran:
- No existía subordinación técnica ni organizativa
- Los médicos organizaban sus propias guardias
- Podían acordar reemplazos sin autorización del hospital
- No había control horario ni fichado
- El profesional emitía facturas por montos variables
- También trabajaba en otros consultorios y clínicas
Además, el tribunal señaló que el hospital no ejercía poder disciplinario sobre el profesional, un aspecto considerado clave para descartar una relación laboral.
Debate por los intereses y la nueva ley
Aunque la demanda fue rechazada, los magistrados también analizaron cómo debían calcularse los intereses según la nueva Ley de Modernización Laboral.
La discusión se centró en si correspondía aplicar retroactivamente el nuevo sistema de actualización previsto por la normativa nacional.
La mayoría del tribunal resolvió utilizar la fórmula establecida por la nueva ley desde la fecha de mora, mientras que uno de los jueces sostuvo que debía aplicarse por tramos y solo desde la entrada en vigencia de la reforma.
Finalmente, prevaleció el criterio de aplicación integral.
Qué impacto puede tener el fallo
Especialistas en derecho laboral consideran que la sentencia podría convertirse en un antecedente relevante para empresas y profesionales independientes.
El fallo refuerza la necesidad de:
- Mantener facturación regular
- Evitar controles típicos de empleados
- No aplicar sanciones disciplinarias
- Garantizar autonomía en horarios y organización
La resolución aparece en un contexto donde la reforma laboral busca redefinir los límites entre trabajo autónomo y relación de dependencia, especialmente en actividades profesionales.
Con información de iProfesional
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