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Ocho Policías de Sunchales: Terminó la audiencia de apelación y ¿ahora?

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»Buscan justificar la violencia por los antecedentes de las víctimas» Así lo manifestó la Fiscal del caso Lorena Koraquis, quien solicitó la continuidad de la prisión preventiva, mientras que desde la defensa ofrecieron diferentes alternativas para poder lograr la libertad de los acusados.  

Ante una sala colmada de familiares de los acusados, el Juez de Segunda Instancia Juan Manuel Oliva fue quien presidió la audiencia de apelación llevada a cabo esta mañana, la cual se extendió por más de 5 horas.

En la misma cada una de las partes, Ministerio Publico de la Acusación y abogados defensores manifestaron sus argumentos para dar continuidad a la resolución por la cual cumplen prisión preventiva los efectivos, y por otro lado desestimar dicha medida y que recuperen la libertad.

Los 8 policías que brindaban servicio en la Comisaría 3 de Sunchales, acusados de «Torturas» – siete de ellos- y «Encubrimiento Agravado»- el jefe de la dependencia, cumplen con prisión preventiva y sus abogados presentaron diferentes alternativas para que recuperen su libertad.

 

Los hechos según la Defensa:

Los abogados de los policías en todo momento hicieron hincapié en las contradicciones que hubo en los relatos de los dos testigos, Juan Manuel F. y Anahí Rosario P. La Defensa aseguró que estas dos personas tuvieron la posibilidad de ponerse de acuerdo en parte de sus testimonios, que además no reconocieron el palo – que no se encontró- utilizado para la tortura, como tampoco la bolsa que le colocaron en la cabeza a uno de los hermanos. Los abogados, agregaron que cuando ocurrieron los supuestos hechos de tortura denunciados, la mujer estaba en una celda sin posibilidades de ver lo que sucedía con los detenidos, los cuales se hallaban dentro de una cocina. Agregando que la lesión grave que sufrió Juan Darío C. fue autoproducida. Arrojándose el mismo detenido, por sus propios medios, contra el ventanal de la comisaría y lesionándose. Una acción de autoflagelación «muy común», según la Defensa, en los sujetos que resultan aprehendidos.

Siguiendo esta versión de los hechos, los Doctores apelaron la decisión de la juez de Primera Instancia, Cristina Fortunato, por la cual los acusados se encuentran cumpliendo prisión preventiva.

Dentro de los argumentos de los defensores se destaca el análisis que estos hicieron de la sentencia:

 Para la parte defensora, la Jueza en su resolución explica que la evidencia debe ser analizada en base a tratados internacionales de violencia institucional, no siendo imparcial, ya que realiza un pre-juzgamiento sin analizar objetivamente las pruebas. Además, según la defensa, si lo que se debería tener en cuenta es la comisión de los Derechos Humanos y en caso de duda en los hechos, ésta siempre debe ser favorable a los imputados en cualquier etapa del proceso.

En otro de sus argumentos, los doctores expresaron que la Jueza equivoca el motivo por el cual, esa madrugada-noche, los efectivos allanaron la vivienda. Según la magistrada los acusados, planearon el allanamiento con el objetivo de llevar a cabo los hechos. Con respecto a esto manifestaron que hubo una orden de allanamiento, ya que los hermanos habían robado y luego habían sido partícipes de una balacera. Para la defensa lejos está esto de ser un plan para averiguar el paradero de la motocicleta robada a un efectivo policial, ya que el operativo contaba con la orden del fiscal.

Sumado a esto, explicaron que la Jueza no tuvo en cuenta, o desestimó al menos, todas las opciones de autolesión de la supuesta víctima, como así tampoco pudo ver las inconsistencias entre las declaraciones de los testigos del hecho. Además, hicieron especial hincapié en que las dos supuestas víctimas del hecho, uno tiene 14 y el otro 7 antecedentes condenatorios.

Un punto aparte fue para las dos mujeres acusadas, ya que la defensa explicó que, si bien se tiene en cuenta la cuestión de género y el ser tratadas de igual a igual con los demás acusados, la situación debe analizarse de manera diferente ya que ambas cuentan con hijos menores de edad y no es lo mismo que en una familia falte un padre que lo haga una madre. Debe priorizarse el derecho de los niños.

 

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NO HAY RIESGOS PROCESALES:

Así lo manifestaron desde la defensa, debido a que los acusados cuentan con arraigo, cada uno tiene a su familia, y deberían esperar un juicio en libertad, debido a las inconsistencias de las pruebas.

También manifestaron que los acusados ya no pueden entorpecer las pruebas porque víctimas y testigos prestaron declaración a los pocos días de lo sucedido. “Todos nuestros defendidos tienen carreras intachables, y del otro lado estamos hablando de personas que se dedican a estar fuera de la ley, sumando una gran cantidad de delitos cada uno, y que se sienten perjudicados por la Policía”, manifestaron.

En otra parte de los argumentos, desde la defensa mantuvieron que la Jueza no argumentó porque no dio lugar a las prisiones domiciliarias, y que no están probados los hechos, como así tampoco que la testigo del hecho esté diciendo la verdad, ya que es amiga de las víctimas, y hasta ha participado de algunos hechos ilícitos en conjunto.

Por ultimo uno de los defensores esbozó la teoría del suicidio, ya que, según sus dichos, una de las víctimas hace algún tiempo lo había intentado en dos oportunidades.

“La jueza de Primera Instancia adquirió un relato de manera acrítica, un relato que no fue”, explicó Nestor Oroño, el último de los defensores en tomar la palabra, quien además agregó que en este caso se banalizó el delito de tortura.

“Me sorprende que estos dos sujetos sean intimidables por los antecedentes que tienen y la relación para con la Policía, en todo caso ya se les tomó declaración”, cerró Nestor Oroño.  

Tutela de familiares, cauciones reales o patrimoniales y la obligación de firmar en dependencias judiciales fueron algunas de las medidas ofrecidas por los abogados defensores, para que sus defendidos recuperen la libertad.  

 

FISCALÍA:

Por parte del Ministerio Público de la Acusación, la Fiscal, Lorena Koraquis, solicitó la continuidad de la prisión preventiva, y expresó: “Como tercera persona imparcial, la Juez escuchó los argumentos y se convenció por la versión de la Fiscalía”.

Para la fiscal, los policías actuaron en una progresión delictiva, y la Juez tuvo en cuenta la integridad física y psíquica de quienes se encontraban privados de su libertad en ese momento.  Koraquis además manifestó que los acusados actuaron en conjunto generando actos de tortura, apremios y vejaciones.

Pero el argumento principal de la Fiscal, es el aviso de uno de los Policías a otro, que no se encontraba de turno para que valla a la Comisaría ya que tenían a quien le había robado la moto. La versión de esta parte dice que los efectivos actuaron como una estructura organizada con el objetivo de conseguir información acerca de la motocicleta robada a uno de los efectivos. “Con el allanamiento y la detención aprovecharon para llevar adelante su plan y torturar a uno de ellos para que “cante” lo que sabía sobre la motocicleta. Todos los efectivos estaban abocados a obtener información”, expresó la Fiscal.

“Usted no mire y le pegaban cachetadas, también le bajaron los pantalones e insinuaban con violarlo y hasta llegaron a ponerle una bolsa en la cabeza para asfixiarlo”, comentó la Dra. Ya haciendo referencia a los apremios.  Arrodillado en el piso, manos atadas atrás con precintos y frases como “te gusta robarle a la policía”, fue otra parte del relato desde fiscalía.

Finalmente, la Fiscal Cerró: “Se puso loco y se tiró contra la ventana, también plantearon la teoría del suicidio, ¿Cómo podemos pensar que el joven podría quitarse la vida en esas condiciones?, es poco probable incluso a nivel mundial. La defensa parece justificar la violencia por los antecedentes de las víctimas”

Por todo eso Fiscalía solicitó la continuidad de la prisión preventiva para los 8 acusados.

Luego de esta audiencia la última palabra la tendrá el Juez de Segunda Instancia, Juan Manuel Oliva, quien dará a conocer su fallo en el plazo establecido por ley.

 

 

Fuente y Foto del Juez: Rafaela Noticias

 

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Claudio Contardi fue condenado a 19 años de prisión por violar a Julieta Prandi: quedó detenido

El exmarido de Julieta Prandi fue denunciado por la modelo por violencia física, psíquica y abuso sexual agravado.

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Foto: Claudio Contardi fue condenado a 19 años de prisión por violar a Julieta Prandi

Claudio Contardi (57) fue condenado este miércoles a 19 años de prisión por abusar sexualmente de su ex esposa, la modelo y conductora Julieta Prandi (44), entre 2015 y 2018, luego del nacimiento del segundo hijo de la pareja. Prandi no estuvo en la sala cuando el Tribunal en lo Criminal n°2 decidió la pena y ordenó la detención del empresario gastronómico, por encontrarlo culpable del delito de abuso sexual agravado.

El juicio, que concluyó este miércoles, se realizó miércoles, jueves y viernes de la semana pasada y contó con la declaración de peritos, la psicóloga y el psiquiatra de la denunciante, además de amigos y familiares que dieron testimonio del deterioro físico y emocional de Prandi.

De buzo celeste, jean y zapatillas, Contardi esperó el veredicto junto a su abogado Claudio Nitzcaner. Ya sin el biombo que los separó durante las audiencias de la semana pasada, Prandi no estaba en la sala para la lectura del veredicto. Una vez que se llevaron a Contardi de la sala, ingresó junto a su pareja actual, Emanuel Ortega, su abogado Fernando Burlando, y amigos y familiares que, uno a uno, esperaron para abrazarla.

Prandi se mostró emocionada, lloró y, como ocurrió la semana pasada, se descompensó, por lo que la sala fue desalojada y la ex modelo tuvo que ser atendida.

«Este fallo es ejemplificador», dijo Burlando al salir del juzgado, y agregó que pedirán que pedirán que se lo incluya en el registro de abusadores del banco nacional de datos genéticos. Además, el abogado argegó que esperarán a leer los fundamentos del fallo antes de tomar una decisión respecto de una eventual apelación.

El juicio

El único testigo presentado por Contardi fue el jefe de seguridad del barrio privado Septiembre, de Escobar, donde se habrían cometido las violaciones. Declaró que Prandi entraba y salía de su casa en remís o con su marido.

El fiscal Christian Fabio pidió la pena de 20 años para el ex marido de Prandi, mientras que el abogado Javier Baños, del estudio de Fernando Burlando que representa al particular damnificado, solicitó en sus alegatos que Contardi sea condenado a 50 años de prisión por los hechos reiterados de abuso sexual agravado.

Para el fiscal, “no hay otra salida que una condena” porque tras el proceso “no queda margen de duda”. Más allá de la percepción del fiscal de juicio, la decisión está en manos de la presidenta del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 2, Lucía Leiro, y de los jueces Daniel Répolo y Mariano Aguilar, que anunciarán el veredicto a las 11.

Baños había solicitado la detención preventiva del acusado antes de dejar la sala de audiencia del primer día, pero el fiscal se opuso y el tribunal no la otorgó.

Sin embargo, en el alegato de cierre, el Ministerio Público Fiscal sí pidió que, de ser considerado culpable, el tribunal ordene la inmediata detención del empresario.

“Yo creo que la prueba fue tremenda, él no presentó nada, fue un desastre. Su única estrategia fue intentar evitar el juicio de todas las manera posibles y nada más, es muy probable que nadie haya querido salir a declarar a favor”, cuestionó Baños.

Además, destacó el testimonio de la psicóloga tratante de Prandi, quien la “atendió durante 192 sesiones”, y de las peritos de la Oficina de Violencia Doméstica.

“Fueron categóricos en que Julieta tenía signos inequívocos de alguien que había sufrido un abuso sexual intrafamiliar”, aseveró el ex fiscal de Morón.

Ya sea con destino a un penal bonaerense o con un dispositivo de monitoreo electrónico con prisión domiciliaria, Contardi podría salir preso de la sala de audiencias.

Baños exigió una custodia para Prandi luego de una crisis de angustia que sufrió después de dar sus últimas palabras y el tribunal la dispuso hasta el miércoles.

“Yo lo único que quiero es justicia, yo ya estuve muerta, no quiero estar muerta dos veces”, dijo la mujer, que presenció el juicio junto a su abogado pero separada por un biombo de su ex marido, con quien tuvo dos hijos varones, hoy de 14 y 10 años.

«Era como acercarse a un perrito, acariciarlo y que agachara la cabeza cuando te acercabas. Eso es sinónimo de hostigamiento, violencia física, emocional y psicológica. Era una persona en reconstrucción, desconfianza de todo lo que pasaba. La conocí en una situación que yo no podía comprender cómo una persona que había trabajado toda su vida estaba viviendo en un departamento de dos ambientes con sus dos hijos siendo ella dueña de dos hogares», sostuvo Emanuel Ortega, actual pareja de Julieta Prandi, por videollamada.

La defensa, por su parte, insistió sobre la nulidad del juicio en sus alegatos, al considerar que Contardi no entendió las consecuencias de rechazar el juicio por jurados, algo que para la fiscalía y la querella fue resuelto en todas las instancias previas.

Como pena subsidiaria, los letrados Claudio y Thomas Nitzcaner pidieron 10 años de prisión.

Contardi llegó a la instancia de juicio representado por Juan Carlos García Dietze, que renunció una semana antes de la feria judicial. Por eso tuvieron que postergar el inicio del debate, previsto para dos días antes de lo que finalmente ocurrió.

En ese ínterin contó con la defensa de Maximiliano Costa, defensor oficial del acusado, que el mismo día del arranque se encontró con otros defensores particulares. Fue así que renunció y la defensa quedó en manos de los Nitzcaner.

Contardi tuvo su oportunidad de declarar y lo hizo durante casi una hora. «Nunca abusé de ella sin su consentimiento», fue su extraña frase para defenderse, en un supuesto fallido que no corrigió. «Nunca tuve una relación con Julieta que no fuera consentida», insistió y agregó: «Yo estaba enamorado de Julieta, me casé enamorado, tuve dos hijos enamorado, los hijos son queridos por las dos partes».

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Expectativa por el veredicto en el juicio de Julieta Prandi contra Claudio Contardi

Claudio Contardi está acusado de abuso sexual con acceso carnal, violencia psicológica y amenazas.

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Foto: Expectativa por el veredicto en el juicio de Julieta Prandi contra Claudio Contardi

Este miércoles el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°2 de Zárate-Campana dará a conocer el veredicto del juicio contra Claudio Contardi, ex esposo de la modelo Julieta Prandi, acusado de abuso sexual. La decisión estará a cargo de los jueces Daniel Répolo, Lucía Leiro y Mariano Aguilar.

La sentencia se dará a conocer luego de las 11. Contardi enfrenta cargos por “abuso sexual con acceso carnal agravado por causar un grave daño en la salud mental de la víctima, con una serie de hechos reiterados”.

El exmarido de Julieta Prandi llega al juicio en libertad, dado que los jueces no ordenaron la prisión preventiva pese a los pedidos de la querella. El empresario gastronómico sí tiene una prohibición de acercamiento a la víctima de hasta 300 metros y también pesa sobre él la prohibición de salir del país.

El viernes pasado se llevó adelante la última audiencia en la que se realizaron los alegatos finales. Durante esa jornada, tanto la fiscalía como la querella expusieron sus pedidos respecto a la pena que debería corresponderle a Contardi en caso de ser encontrado culpable.

El fiscal Christian Fabio, que lleva adelante la acusación, pidió que el acusado sea condenado a 20 años de prisión con detención inmediata.

“Julieta estaba en un grado de vulnerabilidad tal que era aprovechado por su pareja. Julieta puso en palabras en esta audiencia todos los episodios de la manera en la que pudo. En cinco palabras: su vida fue un infierno”, sostuvo Fabio ante los jueces Daniel Répolo, Lucía Leiro y Mariano Aguilar.

Por su parte, Javier Baños, abogado de Julieta Prandi, solicitó que Contardi sea condenado a 50 años de prisión.

En la segunda jornada del juicio contra su exmarido Claudio Contardi, Julieta Prandi habló con el corazón en la mano ante el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Zárate-Campana, dejando una profunda impresión en todos los presentes. La reconocida modelo y conductora, visiblemente afectada, rompió el silencio en un momento clave de la causa que la tiene como víctima de abuso sexual.

El momento más desgarrador llegó cuando pidió: “Lo único que le pido a la Justicia es que me dejen vivir en paz”. Y con una advertencia clara, señaló: “Si hasta que haya condena, sepan que esa persona es capaz de cualquier cosa. No creo que se manche las manos de sangre, pero lo considero digno de cualquier cosa. Por mi vida y la de mis hijos, les pido que lo detengan; si no, serán responsables de lo que pase”.

Durante su alegato, denunció la constante revictimización que sufren quienes atraviesan situaciones de violencia de género: “Estamos cansadas de que nos traten como mentirosas y de tener que repetir una y otra vez lo que nos pasó”, afirmó, visiblemente dolida. “Eso es humillante y doloroso. No se lo deseo a nadie”, añadió.

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Prohíben el ingreso al país de un deudor de cuota alimentaria

Lo resolvió la Justicia de Viedma. El hombre vive en Israel y debe 4 millones de pesos en concepto de manutención de su hijo, quien se encuentra al cuidado de la madre.

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Foto: Ilustrativa

Un fallo del fuero de Familia de Viedma determinó que un hombre residente en Israel no podrá ingresar a Argentina hasta que abone una deuda alimentaria superior a los 4 millones de pesos.

La medida, dictada por una jueza, busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones económicas hacia su hijo, cuya madre enfrenta sola la crianza y los gastos desde hace años.

El Poder Judicial aprobó hace meses la liquidación de la deuda, pero las intimaciones previas fueron ignoradas por el demandado, cuyo domicilio actual es desconocido y no se registran bienes a su nombre ni información sobre su empleador.

En su resolución, la magistrada destacó que el incumplimiento reiterado de la cuota alimentaria constituye una violación al derecho del niño a recibir asistencia económica de su progenitor y calificó esta conducta como violencia económica contra la madre, según lo establecido en la Ley 26.485.

El fallo, fundamentado en el artículo 553 del Código Civil y Comercial y el artículo 98 del Código Procesal de Familia, autoriza medidas razonables y no pecuniarias para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.

La jueza señaló: “En este caso tan especial, con un demandado viviendo en el Estado de Israel y con domicilio desconocido, exigir la notificación al domicilio real equivaldría a desvirtuar los derechos aquí reconocidos o tornarlos ilusorios”.

Por ello, consideró necesario adoptar “soluciones más creativas” que, en la era de las comunicaciones digitales, garanticen la seguridad jurídica, el derecho de defensa y la eficacia de la sentencia.

La medida dispuesta prohíbe al hombre ingresar al país hasta que acredite el pago total de la deuda en una cuenta del Banco Nación a nombre de la madre del niño.

El oficio dirigido a la Dirección Nacional de Migraciones establece que, de no cumplirse esta condición, la restricción permanecerá vigente.

La jueza argumentó que “no existe, a mi criterio, otra medida que resulte más eficaz para lograr que el ejecutado cumpla con el pago de la suma adeudada”.

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